Comisión del Derecho a la Salud define requisitos para ser donantes de órganos

Viernes, 15 de octubre del 2010 - 21:31 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Dentro de la matriz de sistematización de observaciones de la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, la Comisión del Derecho a la Salud, presidida por Carlos Velasco, determina que cualquier persona podrá donar en vida componentes anatómicos cuando se cumplan requisitos como que el donante sea mayor de edad, en goce de plenas facultades mentales y con un estado de salud adecuado para el procedimiento de extracción.

Así mismo que el receptor sea pariente consanguíneo o por adopción del donante hasta el cuarto grado, o su cónyuge, o una persona que, sin ser su cónyuge, conviva con el donante; y que en los casos en que se requiera, con las pruebas médicas correspondientes, se haya comprobado la compatibilidad entre donante y receptor.

Además prevé que el donante y el receptor hayan sido previamente informados de las posibles consecuencias de su decisión y otorguen su consentimiento informado, notariado en forma escrita, libre, consciente y altruista. Este consentimiento deberá anexarse a sus respectivas historias clínicas.

Otro requisito es que la extracción tejidos o la remoción de órganos no impliquen para el donante riesgo de incapacidad funcional temporal o permanente; que no existan indicios de turismo de trasplantes o tráfico de órganos; haber obtenido previamente la autorización del organismo regulador para su realización.

Según la propuesta, la extracción de órganos de donantes vivos se limitará a situaciones en las que puedan esperarse grandes posibilidades de éxito del trasplante y no se aprecie que se altere el libre consentimiento del donante.

Consentimiento expreso

La donación de órganos, tejidos y células con donantes vivos para fines de trasplante requerirá de la declaración del consentimiento informado del donante, otorgada ante un notario del lugar en donde resida o se encuentra en tránsito. A esta declaración se incorporará el correspondiente informe psiquiátrico sobre la normalidad de sus facultades mentales.

RSA/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador