Facilidades para el pago de deudas alcanzará a 31 mil personas

Viernes, 24 de febrero del 2017 - 15:57 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La próxima semana se prevé que conste en la agenda del Pleno de la Asamblea Nacional, el primer debate del proyecto de Ley para la Restructuración de Deudas de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Financiero Nacional y Régimen de Valores, una vez que la Comisión de Régimen Económico entregó el informe.

El proyecto impulsa mecanismos de apoyo a los deudores de buena fe, que se vieron afectados por la crisis bancaria de 1999 y brinda soluciones a los sectores productivos nacionales que enfrentaron problemas en el cumplimiento de sus obligaciones.

En el informe se incluyen cambios al proyecto original. Entre ellos, se amplía el número de beneficiarios de la restructuración de deudas que alcanza a 31 mil personas naturales y jurídicas, que globalmente acumulan una deuda de 123 millones de dólares y representa el 97% de la cartera castigada, cartera de calificación E y en proceso de remate del Banco Nacional de Fomento (BNF), por tanto, se toma en cuenta a productores ligados a los sectores artesanal, servicios, pequeña industria, forestal, comercio directo, turismo y pequeña minería. Se eleva de 20 mil a 40 mil el techo de las obligaciones; además, se disminuye del 10% al 5% el monto de capital que deben cancelar los deudores del BNF en liquidación, para iniciar la restructuración de créditos.

Deudas de la banca pública

Sobre deudas derivadas de la crisis financiera de 1999, se agrega un artículo que permite a los deudores de buena fe, presentar documentos probatorios, que justifiquen inconsistencias o pagos no registrados por las instituciones financieras extintas. Se sustituye la obligación de los deudores de ponerse al día en un plazo de 90 días, para acogerse a lo dispuesto en la ley, y en su lugar podrán diferir las cuotas impagas en el plazo de la operación reprogramada. Se suspenden los procesos coactivos por el tiempo que dure el recálculo.

Se precisa que, no obstante lo previsto en el Código Civil vigente, las deudas hereditarias registradas en la contabilidad de las entidades del sistema financiero hasta 150 mil dólares, originadas en la crisis bancaria de 1999 y que correspondan a créditos adquiridos por personas naturales en sociedad conyugal, en la que uno de los cónyuges ha fallecido hasta la expedición de esta ley, por esta sola vez, quedan extinguidas.

Se modificó el monto límite del capital inicial de las operaciones acumuladas a 25 mil, para los deudores vinculados que deseen acogerse al recálculo, de tal forma que se puedan acoger aquellos que siendo parte de la administración financiera, no intervinieron en las decisiones que tomaban las mismas.

Deudas de la banca pública

Se modifica el monto máximo de las operaciones de crédito del Banco Nacional de Fomento que pueden acogerse a la restructuración de 20 mil a 40 mil. Se incluye la suspensión de los procesos coactivos mientras dure la restructuración, tanto para los deudores de la banca cerrada como para los deudores de BNF en Liquidación. Se disminuye del 10% al 5% el monto de capital que deben cancelar los deudores del BNF en liquidación, para iniciar la restructuración de créditos.

JLVN/pv

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