Reformas a Ley de Empresas Públicas a trámite, en la Comisión de Desarrollo Económico

Viernes, 17 de marzo del 2017 - 11:20 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Reformas a Ley de Empresas Públicas a trámite, en la Comisión de Desarrollo Económico. Foto - Archivo

A fin de lograr una adecuada gestión de las empresas públicas y dotar a sus directorios de una apropiada y proporcionada integración que les permita ajustarse a las políticas públicas nacionales y sus diversas instancias de coordinación, la Comisión de Desarrollo Económico analizará las reformas a la Ley de Empresas Públicas.

En el proyecto se destaca la necesidad de organizar de manera óptima las empresas de la Función Ejecutiva para adecuarlas a sus requerimientos funcionales.

La propuesta sustituye la letra A del artículo 7, que habla de la integración del directorio de las empresas y propone, que para el caso de empresas creadas por la Función Ejecutiva, los directorios estarán conformados por el titular del ministerio del ramo correspondiente o su delegado permanente; el Presidente del Directorio de la entidad coordinadora de empresas públicas o su delegado permanente y uno del Presidente de la República.

Prevé que, en casos excepcionales, el Presidente de la República podrá disponer, mediante Decreto Ejecutivo, que en su integración se contemple un miembro permanente adicional, con los mismos derechos y obligaciones que los demás.

Los delegados permanentes y el designado por el Presidente de la República, deberán acreditar conocimientos y experiencia en el área correspondiente a la actividad de la empresa. Los demás requisitos para la designación se establecerán en el respectivo Decreto Ejecutivo.

En la exposición de motivos se precisa que la consolidación democrática del Estado y recuperación y transformación del mismo, exigen la conversión del Régimen de Acumulación para la construcción del Régimen del Buen Vivir, constituyendo elementos trascendentales, la recuperación de la institucionalidad de los sectores estratégicos, eficiente gestión de los servicios públicos y correcto desarrollo de actividades económicas asumidas por el Estado, a través de la creación de empresas públicas.

La vigente Ley de Empresas Públicas determina que el Directorio estará integrado por la Ministra/o del ramo correspondiente o su delegado permanente, quien lo presidirá; el titular del organismo nacional y un miembro designado por el Presidente de la República.

JLVN/pv

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