Más de 80 mil funcionarios públicos tienen contratos de servicios ocasionales

Viernes, 14 de julio del 2017 - 14:11 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Raúl Ledesma, ministro del Trabajo, mostró su preocupación sobre el tema presupuestario. Dijo que son 115 millones de dólares mensuales y anualizados alrededor de 1 300 millones, los que están asociados al presupuesto destinado a los contratos ocasionales, que incluye el total de beneficios sociales, la remuneración, el décimo tercero, el décimo cuarto, el fondo de reserva y la afiliación a la Seguridad Social, que engrosaría el gasto corriente.

Tras solicitar que se considere esta cifra para efecto de planificación presupuestaria, explicó que del total de servidores públicos, que son 480 mil 475, están regidos por el Código de Trabajo 40 mil 177, ocasionales 80 mil 557, con nombramiento permanente 276 mil 214 y con nombramiento provisional 83 mil 527.

Planteó que se incluya una excepcionalidad con respecto a los programas de inversión, y que sea el Ministerio de Trabajo el ente regulador que verifique si se trata de un programa de inversión que amerita la contratación de los servicios ocasionales. Con ello, dijo, se lograrían los dos objetivos. El primero, impedir que se finja una figura que no es y el segundo, evitar que se incurra en gasto corriente un costo que no corresponde como tal.

Por su parte, el viceministro Carlos Arce habló de los registros de los contratos de servicios ocasionales que constan en esa cartera de Estado. Informó que la Función Ejecutiva abarca un total de 421 mil 495 servidores públicos.

También mostró una evolución de los contratos de los servicios ocasionales frente a los nombramientos permanentes. Explicó que, hasta el 2016, tanto los nombramientos provisionales como los contratos de servicios ocasionales tuvieron un comportamiento direccionado a la baja del uno y a la subida del otro. Argumentó que existió un proceso en el cual a la mayoría de los contratos de servicios ocasionales se les otorgó un nombramiento provisional.

Informó que hasta mayo de 2017, asociados al presupuesto destinado a cada uno de los servidores públicos y con contratos de servicios ocasionales, hay cerca de 80 mil servidores públicos.

El viceministro aclaró que hay dos figuras de contratos de servicios ocasionales en función del presupuesto: los asociados a gasto corriente y en proyectos de inversión. En la primera, donde está la mayoría con más de 104 millones 72 mil 373 contratos, y en la segunda, donde hay 11 millones que representan 8 mil 184 contratos ocasionales en proyectos de inversión.

Indicó que, según la información que tienen, los contratos de servicios ocasionales mayores a 4 años son del 4 %, es decir, 3 mil 346. A parte de eso, dijo, hay nombramientos provisionales. Lo que significa que el 96%, esto es 77 mil 211 contratos, tienen menos de 4 años.

Problema

La cartera del ramo considera que la modalidad de contratos de servicios ocasionales ha constituido un mecanismo de incorporación y desvinculación de servidores en el servicio público de manera continua, sin garantizar la estabilidad y permanencia en los puestos de trabajo. Esto ha ocasionado falta de sostenibilidad en los niveles de eficiencia de los servicios públicos, y la optimización de la capacidad operativa del talento humano, que, ya capacitada, se ha visto en la obligación de desvincularse.

Observaciones

Ambos plantean que la legislación podría reforzar el carácter ocasional de los contratos, al incluir la excepcionalidad en el uso de esta figura contractual, en función de la norma que para el efecto deba emitir el Ministerio del Trabajo.

Se podría determinar que las necesidades institucionales que se deberían satisfacer con el uso de los contratos de servicios ocasionales, únicamente sean aquellas actividades no permanentes.

Dijo que la legislación debería reforzar que el personal bajo la figura de contrato de servicios ocasionales no debe superar el 20 % de la totalidad del personal de la institución, y debería terminar cuando hayan concluido las circunstancias excepcionales u ocasionales que lo generaron, a más de las causales de terminación previstas en la Losep (Art. 47) y su Reglamento General.

Propuso incluir que, antes del proceso de concurso de méritos y oposición, se realice la creación de las partidas de contratos que se encuentren ejecutando actividades permanentes y estén en la planificación de talento humano.

Sobre el tema, la Comisión se encuentra elaborando el informe para segundo debate.

RSA/pv

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