Presidente de la República objeta parcialmente el proyecto sobre paraísos fiscales

Lunes, 07 de agosto del 2017 - 14:42 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto el 6 de julio pasado. Foto - Archivo

Son siete las observaciones que hace el presidente de la República, Lenín Moreno, al proyecto de Ley para la Aplicación de la Consulta Popular, efectuada el 19 de febrero de 2017. Se trata de una excepción en las prohibiciones y los procedimientos para las sanciones. Exclusivamente, en el caso donde el servidor público, en razón del ejercicio de sus funciones, requiera tener algún tipo de bienes o capitales en un lugar considerado paraíso fiscal.

En esta situación se encontrarían solo los funcionarios del servicio exterior cuya misión se desarrolle en un país o jurisdicción considerado paraíso fiscal.

Así mismo, en el artículo 8 relacionado con las sanciones, el presidente pide especificar que para el caso de los servidores públicos no comprendidos entre los servidores de elección popular, servidores públicos sujetos a control político, jueces de la Corte Constitucional o de la Corte Nacional de Justicia; la Contraloría, una vez cumplido el procedimiento previsto en esta ley, notificará al servidor y a la autoridad nominadora que la persona debe ser destituida en el plazo de 10 días.

Si la autoridad nominadora no dispone la destitución del servidor, lo hará la máxima autoridad de la Contraloría. En cualquier caso, la resolución de destitución solo será impugnable por la vía judicial y en efecto devolutivo.

El no proceder a la destitución de la autoridad nominadora dentro del plazo previsto, será causal de destitución del mismo por parte de la Contraloría.

Igualmente, Moreno aún observa el procedimiento para la aplicación de las sanciones. Plantea ordenar el inicio del examen especial correspondiente, con el fin de determinar la existencia del incumplimiento y la responsabilidad de la servidora o servidor público examinado.

Sugiere que en el término de 3 días se notifique el inicio del examen especial al servidor público. A los 60 días, el servidor público ejercerá su derecho a la defensa y presentará las pruebas de descargo. Al finalizar el quinto día la Contraloría dictaminará el archivo del proceso o la destitución del cargo y en 3 días notificará la resolución.

En el caso de los servidores públicos de elección popular, servidores públicos sujetos a control político, jueces de la Corte Constitucional y de la Corte Nacional de Justicia; la Contraloría General del Estado remitirá el expediente con la destitución a la Corte Constitucional para que, al término de 30 días, se pronuncie sobre el cumplimiento del debido proceso y demás garantías constitucionales.

La Corte Constitucional, mediante resolución, confirmará o rechazará el pronunciamiento de la Contraloría. En caso de que la confirme, dispondrá la destitución directa del servidor público.

RSA/pv

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