En la Comisión de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional se analizaron todas las observaciones antes de la aprobación del informe para primer debate del proyecto de Código Orgánico del Sistema de Participación Ciudadana y Control Social. Los legisladores hicieron un repaso por las principales iniciativas que escucharon durante el proceso de socialización. La idea era aprobar el documento hoy, pero acordaron hacerlo en el transcurso de los siguientes días, cuando agoten el debate.
El proyecto recoge todas las formas participativas que se encuentran en los distintos cuerpos legales. Además, prevé mecanismos como la consulta previa y la silla vacía, que garantizan aún más la actuación de la sociedad civil en las decisiones públicas. Uno de los puntos en los que hacen énfasis la comisión es en la libertad de asociación como un derecho fundamental y que ninguna autoridad administrativa puede disolver una organización o impedir su derecho de asociación.
Independencia de autoridades
Los legisladores insisten en que es necesaria la independencia de las autoridades que forman parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como de quienes eligen. En la propuesta se estipula que no deben tener relación con ningún partido político ni haber ocupado altos cargos durante los últimos 10 años. También, se incluyen mecanismos de democracia electrónica para instituciones del Estado, gobiernos autónomos descentralizados y partidos políticos. Además, se clarifica las causales para la revocatoria del mandato.
“Lo que hicimos fue dar la vuelta a muchos temas para garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, se garantizan reglas claras que protejan las libertades, como la libre asociación sin necesidad de ser personas jurídicas. No podrá impedirse el derecho a la asociación que solo debe ocurrir en casos extremos, con orden judicial y con una comisión de delitos”, explicó Héctor Yépez, presidente de la Comisión.
En cuanto a la Asamblea, se plantean varios temas: el artículo 150 ratifica lo que dice la ley, que todo ciudadano tiene derecho a la información, pero se especifica que todo asambleísta, consejero provincial, vocal de junta parroquial puede pedir información en forma individual o directa. Incluye el uso de la silla vacía en las comisiones, con voz pero sin voto, que es una ampliación de derechos.
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