El rol de derecho penal en delitos ambientales fue lo que analizaron tres académicos durante el Foro “Protección Ambiental y Responsabilidad Penal”, organizado por el Grupo Parlamentario por el Bienestar Animal. Para ellos, Ecuador ha avanzado en esta materia. Tiene fortalezas, pero también debilidades. Por eso, saludaron que la Asamblea debata posibles reformas al Código Orgánico Integral Penal (Coip) para perfeccionar la norma en este tema.
Jorge Yunda, coordinador del grupo, hizo un llamado a luchar por el medio ambiente a quienes asistieron al evento, entre ellos estudiantes de las universidades Dos Hemisferios, Católica del Ecuador, Central, De las Américas, consultores, organizaciones y sociedad civil. Precisó que las leyes deben ajustarse para que haya una verdadera justicia.
La Constitución del 2008 ya puso como uno de sus principios el derecho de la naturaleza, pero se requiere generar una nueva tendencia jurídica que permita acercarnos más a esos principios, razonó María Amparo Albán, docente de la Universidad Dos Hemisferios. Por ejemplo, sostiene que en la Carta Magna, además de la sanción, el foco se encuentra en la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar.
Según la experta, estos temas requieren de mayor profundización, así como el de la imprescriptibilidad. "Es una justicia que se impone a largo plazo y es intergeneracional, con lo cual el derecho penal tiene un papel privilegiado en lograr un medio ambiente sostenible", apuntó.
Sin embargo, en cuanto a la remediación ambiental, René Bedón, profesor de varias universidades del país, consideró que la legislación debe ponerse en concordancia con las terminologías que se utilizan, porque no es lo mismo remediación, que restauración, entre otros conceptos.
El docente cree que como este caso, hay otros que requieren de una homologación de criterios entre las normas superiores e inferiores, que limitan la fluidez de los procesos, pues se requieren completar varios requisitos que se encuentran, sobre todo, en las normas técnicas.
Bedón pidió que se analicen las sanciones que también deben tener las personas jurídicas. En el caso de Galápagos precisó que se sancionó a la tripulación del barco con bandera China pero no a quienes posiblemente estaban detrás de este delito. Este docente puso en el debate el tema de la proporcionalidad de las penas, que pueden estar atadas a cierto grado de cantidad.
Hugo Hecheverría, con estudios de caso, llegó a la misma conclusión. Explicó que el Coip establece la misma pena para grandes cantidades que para pequeñas o mínimas. Aseveró que en otros países como Colombia y Perú las sanciones son de hasta nueve años, mientras que en Ecuador de hasta cuatro. “Si alguien quiere cometer estos delitos, ¿qué país escogería?”, preguntó.
En otro de los casos invitó a pensar sobre la posibilidad que determina el Coip de suspender provisionalmente una pena cuando es menor a cinco años, porque los esfuerzos que hace el estado, como pericias complejas, el trabajo de la policía ambiental y la Fiscalía, son en vano.
Enfatizó que el debate llevado a cabo por la Asamblea es una oportunidad para sintonizarnos con las recomendaciones que realiza la ONU, que exhorta a que se tipifiquen los delitos ambientales como graves. "La vida silvestre es protegida por las leyes ecuatorianas, pero las reformas al Coip son saludables porque pueden mejorar la legislación", agregó.
LILA/pv