Ley de Tránsito reconoce validez de documentos de conducir emitidos en otros países: Dora Aguirre

Viernes, 14 de enero del 2011 - 15:05 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La asambleísta Dora Aguirre, representante de los migrantes, resaltó que con la aprobación de las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, el Estado reconocerá la validez de los documentos, distintivos, licencias de conducción, permisos internacionales de conducción, identificación vehicular y pases de aduana, emitidas en sus países de residencia y expedidos de conformidad con las normas y requisitos previstos en los instrumentos internacionales vigentes.

Indicó que las y los ciudadanos ecuatorianos residentes en el exterior y extranjeros que tuvieren licencias vigentes de conducir no profesionales similares al tipo B, emitidas en sus países de residencia podrán conducir en el territorio nacional; y, los ciudadanos extranjeros mientras dure su visa de turista.

Añadió que la normativa prevé que los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros residentes en el país que tengan una licencia profesional o no profesional vigente, emitida por un Estado extranjero, podrán canjear la misma con su similar ecuatoriana. En todos los casos se deberá cumplir los requisitos establecidos, sin que el documento extranjero sea retirado.

Para la representante de los migrantes ecuatorianos, esta Ley tiene como propósito redefinir el rol del gobierno central y los gobiernos locales para hacer realidad la transferencia de competencias en los ámbitos político, administrativo, legal y financiero a cada entidad territorial autónoma, en materia de tránsito y seguridad vial.

Señaló que corresponderá a los gobiernos autónomos descentralizados regionales, en el ámbito de sus competencias, planificar, regular y controlar las redes interprovinciales e intercantonales, así como las redes urbanas y rurales de tránsito y transporte dentro de su jurisdicción. Las Unidades de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de los Gobiernos Autónomos Descentralizados contarán con servidores públicos especializados.

Entre las principales innovaciones anotó que en el plazo de 90 días, a partir de la vigencia de esta normativa, todas las compañías y cooperativas de transporte masivo de pasajeros y de carga están obligadas a presentar en la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, las certificaciones del IESS y las copias de los contratos de trabajo.

RSA/pv

 

 

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