Carlos Baca, fiscal general de la Nación, aprovechó su comparecencia en la Comisión de Justicia y Estructura del Estado para hablar de una propuesta de Ley de Extinción de Dominio, justo ahora, cuando dentro de la Asamblea se trata se trabajar en el marco normativo respecto a la lucha contra la corrupción.
El proyecto entregado por Baca pasará al Consejo de Administración Legislativa y tendrá que ser valorado previo a que se remita a la comisión respectiva. Según explicó el fiscal, se trata de una herramienta importante para luchar en contra del crimen organizado.
Una de las propuestas es que en el tipo de infracciones que no pueden juzgarse en ausencia del sospechoso en casos como lavado de activos, trata de personas, tráfico de drogas o testaferrismo, se fije un procedimiento en el que intervienen la Fiscalía y Procuraduría y poner el ojo en la licitud o ilicitud de los bienes, es decir, se atacaría la sustancia económica de las infracciones, pues la falta de una herramienta como esta impide que el Estado pueda recuperar los bienes comprados con dinero proveniente del cometimiento de delitos.
Lo que se pretende es destruir la columna vertebral y el sistema nervioso de los delitos de sustancia económica, como el crimen organizado y no solo soluciones penales, para no caer en el juego del populismo penal ni en el juego de pensar que el problema se solucionará con respuestas de naturaleza penal.
“Si queremos entrar en una lucha contra el crimen organizado en todas sus formas, a los grandes tráficos; si queremos combatir la sustancia de los delitos económicos, el Estado no puede centrarse solo en las respuestas penales, porque el delincuente que está decidido a transgredir la ley no piensa en la pena, sino en cómo conseguir impunidad y como beneficiarse de los réditos”, explicó Baca Mancheno.
Existen varios ejemplos de la aplicación de una normativa de este tipo en México, Honduras, Colombia, Perú, El Salvador, Bolivia y Guatemala, con buenos resultados, por lo que la idea es que ocurra lo mismo en Ecuador, pues dentro de las leyes que rigen en el país, existen algunas trabas, como el hecho de que en este tipo de casos no puede juzgarse sin la presencia del involucrado. Por ello, en ciertos casos, están atados de manos, porque aún cuando quede demostrada la culpabilidad, mientras no esté presente el procesado, no se puede actuar y los bienes se mantienen en medida cautelar administrados por el Estado con enormes costos, sin que pueda dictarse una medida de pena que implique el comiso de bienes.
MC/pv
Más fotografías en: