Mayra Montaño propone prisión permanente para sancionar el asesinato a menores de edad

Jueves, 25 de enero del 2018 - 16:05 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La conmoción social suscitada por el asesinato de la niña Emilia Benavides, en diciembre de 2017, en Loja, fue el detonante para que la asambleísta Mayra Montaño proponga modificar el Código Orgánico Integral Penal para sancionar el asesinato infantil con penas de prisión permanente e incrementar la pena para el femicidio.

“No podemos dejar pasar este horrible crimen sin que se presente una reacción de la Asamblea Nacional que frene la violación del bien jurídico protegido por el Estado, que es la inviolabilidad de la vida, en medio de la impotencia de nuestra sociedad, carente de condiciones sociales que frenen este fenómeno socio-delincuencial”, afirmó la legisladora.

Insistió en que la sociedad demanda medidas legales que disuadan o impidan este tipo de delitos, que desbordan el orden jurídico-penal del Estado, en franca violación del derecho a la vida y la seguridad ciudadana.

Montaño planteó también tipificar los delitos de femicidio infantil y asesinato infantil, de modo que estas infracciones tengan identidad penal propia, diferenciadas del femicidio y del asesinato ya tipificados en el COIP, a fin de que puedan ser juzgados con penas mayores a las establecidas para estos.

Según la propuesta, las penas mínimas para los dos casos se incrementarían en un 150 %, respecto a las penas máximas establecidas actualmente para el femicidio y el asesinato, que son de hasta veintiséis años de privación de la libertad. Por tanto, los asesinos de niñas, niños y adolescentes serían sancionados con pena de privación de libertad de entre sesenta y cinco años a prisión permanente, sin opción a rebaja.

De la misma manera, la asambleísta indicó que en el proyecto de ley se propone el incremento de la pena para el delito de femicidio. Para ello se tomó como referencia la pena de hasta veintiseis años de privación de la libertad establecida actualmente para este delito, incrementándola en el 100 % para la mínima y en el 50 % para la máxima. De ser así, la persona que asesine a una mujer será sancionada con pena privativa de libertad de entre 52 y 65 años.

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