En Régimen Económico, consultores y juristas advierten sobre la necesidad de actualizar el Código de Comercio

Miércoles, 07 de febrero del 2018 - 11:44 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Un grupo de consultores y juristas expertos en materia de comercio, tributario y constitucional acudió a la Comisión de Régimen Económico para exponer la importancia de actualizar el Código de Comercio, a fin de apoyar al desarrollo productivo del país. Los parlamentarios, luego de esta reunión, estructurarán el informe para segundo debate, según informó el presidente de la mesa legislativa, Pabel Muñoz.

Luis Idrovo, exasesor de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, indicó que es necesaria la actualización, pues el primer código fue promulgado en 1882, en la Presidencia de Ignacio Vintimilla; luego, en 1906 en la Presidencia de Eloy Alfaro y el que está en vigencia, que data de 1960.

“Existen tres elementos que obligan a estructurar una nueva ley, entre ellos la suspensión de artículos como el que prohíbe a la mujer actuar en el tráfico jurídico sin autorización de su cónyuge; la incapacidad legal de negociar en la Bolsa de Comercio o tener la calidad de corredora o martilladora. Otro elemento es la migración o exclusiones jurídicas, como el contrato de sociedad (1965), fideicomiso mercantil (1998), cheque (1975), contrato de seguro (1993), contrato de cuenta corriente (1975). El tercer factor es que existen varias normativas obsoletas que no responden al tráfico mercantil que requiere agilidad”, sostuvo.

Mencionó que la Secretaría Jurídica, en su momento, señaló los lineamientos jurídicos que deben ser tomados en cuenta en el proyecto de Código de Comercio. Por ejemplo, la definición de actos de comercio, solidaridad mercantil, actividad agrícola e inmobiliaria, Registro Mercantil y contratos inscribibles y sus efectos jurídicos; contabilidad del comerciante y empresarios mercantiles; eliminación de la letra de cambio, formación del consentimiento mercantil, prenda especial de comercio, contrato de compraventa con reserva de dominio, entre otros aspectos que fueron recogidos en el instrumento legal.

En cambio, Gonzalo Novoa, consultor, quien participó en la elaboración del código, indicó que el mismo debe tener una visión de la sociedad que tome en cuenta el derecho civil y el derecho comercial.

Dijo que en la construcción del proyecto se cambió el texto para dar una mayor relevancia a nociones doctrinarias sobre el tipo de actividades que se regulan y sobre las fuentes del derecho mercantil.

Según Novoa, se modificaron varias de las disposiciones, a fin de evitar las limitaciones que existían para la mujer casada. Para ello se especifican aspectos sobre los actos y operaciones mercantiles, se fortalece la noción de establecimiento de comercio como ocurre en la práctica y se determinó qué datos deben consignarse en el Registro Mercantil.

Por último, recordó que la costumbre mercantil es muy dinámica y se ha repetido por varios años. Por tanto, no debe haber una reglamentación de todas las relaciones comerciales.

JLVN/pv

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07 de febrero de 2018 - Comisión de Régimen Económico

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