Gobiernos provinciales de la Amazonía recibirían más recursos para fomentar su desarrollo

Jueves, 15 de marzo del 2018 - 13:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Gobiernos provinciales de la Amazonía recibirían más recursos para fomentar su desarrollo

El proyecto de Ley para la Circunscripción Especial Amazónica que será enviado al Ejecutivo para su sanción u objeción, recibió 15 cambios al documento final, que fue aprobado por unanimidad en el Pleno de la Asamblea Nacional, el cual busca propiciar el desarrollo, basado en el equilibrio ambiental con planificación oportuna, aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial, así como la conservación y protección de sus ecosistemas.

Se modificó la distribución de recursos del Fondo de Desarrollo Sostenible Amazónico, por lo tanto, los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) provinciales amazónicos, recibirán el 28%, antes era el 26%; la Secretaría Técnica de la Circunscripción Especial Amazónica administrará el 4% para el Fondo Común. Se mantiene el 58% para los gobiernos municipales y el 10% para las parroquias rurales.

Además, se cambia el texto de la asignación correspondiente al Fondo para el Desarrollo Sostenible Amazónico y se determina que aumentará de forma progresiva: en el 2019 se incrementará a 2 dólares; a partir del 2020 será del 4% del precio de venta por cada barril de petróleo que se extraiga de la Amazonia y en ningún caso la asignación será inferior a 2 dólares, por cada barril.

Aumenta una disposición general que establece una exoneración total en el pago de impuestos, tasas o cualquier otro tipo de contribución económica por concepto de servicios públicos y todo tipo de impuestos del sector público, así como la condonación de deuda que mantienen con la banca pública, a las personas que sufran enfermedades catastróficas o de alta complejidad, que sean residentes de la circunscripción amazónica.

Las personas con enfermedades catastróficas serán beneficiarias y tendrán derecho a contar con el servicio de hospedaje, transporte, alimentación y otros, que no sean asumidos por el ente rector de salud nacional, para y durante el tratamiento médico. La Secretaría Técnica en su planificación, asignará el presupuesto requerido y lo otorgará de acuerdo con la reglamentación que elaborará para el efecto, en un plazo no mayor a 180 días de aprobada la Ley.

El espectro radioeléctrico y telefónico de la circunscripción territorial especial amazónica, será regulado por los ministerios del ramo de forma especial, considerando aspectos geográficos, de cobertura y población. Se garantiza que la localidad dispersa, acceda a medios de comunicación regional y nacional, públicos, privados y comunitarios, sin ningún tipo de restricción.

Sobre la infraestructura, logística y transporte multimodal se precisa que las operadoras de transporte legalmente constituidas de la circunscripción en sus diversas modalidades, pueden acceder a la contratación pública, privada y mixta.

Con respecto a los aspectos ambientales, prevé que el Estado implemente a partir de 2019, un programa de incentivo económico a la protección de la biodiversidad. Para tal propósito reconocerá a favor de los propietarios el 15% de un salario básico unificado por hectáreas de bosque protegido, por año. El Ministerio del ramo y el Consejo de Planificación Regional Amazónico, reglamentará este incentivo ambiental.

JLVN/pv

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