Ley Interpretativa que otorga seguridad jurídica a inversionistas en alianzas público-privadas, cuenta con informe para primer debate

Jueves, 26 de abril del 2018 - 11:17 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Ley Interpretativa que otorga seguridad jurídica a inversionistas en alianzas público-privadas, cuenta con informe para primer debate

La Comisión de Régimen Económico, con 12 votos, aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley Interpretativa de la Disposición General Sexta de la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, que busca garantizar seguridad jurídica para todos aquellos inversionistas de proyectos de alianzas público privadas.

A través del proyecto de Ley Interpretativa se pretende aclarar que esas nuevas medidas y requisitos establecidos en dicha ley, para la exención del impuesto a la renta por dividendos o utilidades generados en proyectos públicos, en alianzas público-privadas (APP), solamente se aplicarán para estos contratos a partir de la vigencia de la Ley, es decir, a partir de enero de 2018.

Esto incluye la deducibilidad de pagos originados por financiamiento externo y las exenciones al impuesto a la salida de divisas en pagos por financiamiento externo o en pagos realizados al exterior, en el desarrollo de proyectos de esta naturaleza.

En consecuencia, los nuevos requisitos legales establecidos para dichas exenciones deben ser aplicables únicamente a los contratos de crédito registrados en el Banco Central del Ecuador, a partir de la vigencia de la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera.

Los contratos de crédito registrados en el Banco Central del Ecuador con anterioridad a la vigencia de la referida norma, se sujetarán al régimen legal vigente a la fecha de suscripción de los mismos.

La legisladora Soledad Buendía, proponente del proyecto, precisó que el único objetivo  es precautelar la seguridad jurídica mediante el respeto del principio de irretroactividad de la Ley, más aún cuando la seguridad jurídica es la cualidad del ordenamiento que produce certeza y confianza sobre el orden normativo y  permiten al ciudadano conocer exactamente sus obligaciones.

JLVN/

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