Listo informe sobre revocatoria del mandato

Miércoles, 23 de marzo del 2011 - 19:50 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Gobiernos Autónomos aprobó con nueve votos el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de las Organizaciones Políticas y a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que regula la revocatoria del mandato.

La Comisión debatió y acogió las observaciones realizadas en el primer debate y se ratificó en los ejes principales del proyecto, que por enmarcarse en la norma constitucional su inclusión en la legislación es necesaria y conveniente para garantizar los derechos ciudadanos.

Sin embargo, por la importancia de la observación sobre una supuesta inconstitucionalidad respecto a los porcentajes de recolección de respaldos de acuerdo al tamaño de la circunscripción electoral, la Comisión considera importante el pronunciamiento del Pleno.

Con la reforma, la solicitud de revocatoria deberá tener un respaldo proporcional al número de electores inscritos en el padrón de la correspondiente circunscripción. El 25% de respaldo para las circunscripciones de hasta 5.000 electores; el 20%, de 5.001 hasta 10.000 electores; 17.5%, de 10.001 hasta 50.000; 15%, de 50.001 a 150.000; 12.5%, de 150.001 hasta 300.000; y 10% para las de más de 300.000 electores.

La solicitud deberá contener la motivación que la respalde de manera clara y precisa justificando las razones en las que se sustenta. Para la recolección de firmas contarán con plazos que van desde los 60 días hasta los 180, según la circunscripción electoral. Los plazos correrán a partir del día de entrega de los formularios por parte del Consejo Nacional Electoral.

Así mismo, en el proyecto se establece que el proceso de revocatoria se inicia formalmente cuando una autoridad electoral califica los respaldos y demás requisitos requeridos para la convocatoria y concluye con la proclamación de resultados.

También la comisión determinó que la solicitud y entrega de formularios constituye una fase preliminar que concluirá con la calificación de los mismos por el CNE. Ninguna de las actividades previas a la calificación de los respaldos se considerará como inicio del proceso.

Una persona o sujeto político podrá presentar por una sola vez una solicitud de revocatoria del mandato.

Todos los casos en los cuales se hayan presentado los respaldos al CNE continuarán su tramitación conforme a la normativa anterior. Aquellas solicitudes que se encuentran en proceso de recolección de respaldos y que no han sido presentadas tendrán que adecuarse a la nueva normativa.

AM/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador