Listo informe para primer debate de norma que promueve acciones con enfoque integral y solidario a favor de adultos mayores

Lunes, 28 de mayo del 2018 - 14:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Listo informe para primer debate de norma que promueve acciones con enfoque integral y solidario a favor de adultos mayores

Con miras a asegurar mejores condiciones de vida para las personas adultas mayores, la Comisión de Derechos Colectivos entregó el informe para primer debate del proyecto de ley que promueve acciones con enfoque integral y solidario, que permitan la restitución de derechos de este importante grupo poblacional.

Hasta 2017, Ecuador registra 16´625.000 habitantes, de los cuales el 10% corresponde a personas mayores a 60 años, esto quiere decir, una población de 1´662.500 personas adultas mayores. Además, se prevé que entre el 2018 y 2030 exista un veloz incremento de este grupo de atención prioritaria.

El informe establece la corresponsabilidad y participación del Estado, la sociedad y la familia para garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación, así como orientar políticas, planes y programas  que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento.

Propone la eliminación de todas las formas de abandono, discriminación, odio, explotación, violencia y abusos por razones de la edad, en contra de las personas adultas mayores.

La normativa crea el Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Personas Adultas Mayores que se encargará de diseñar y formular políticas públicas, así como la ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación de programas, mecanismos, al igual que servicios públicos y privados, en todas las instancias y en todos los niveles de gobierno, de forma articulada y coordinada, orientadas a atender de forma prioritaria a estas personas.  

Habrá un registro nacional de las personas adultas mayores, detallando como mínimo su ubicación, identificación étnica, estado de salud, situación laboral, existencia de discapacidad o condición discapacitante, situación de movilidad, condición y tipo de vivienda, condiciones de su entorno familiar, entre otros.

Exoneraciones

Prevé que toda personas adulta mayor de 65 años de edad y con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas o que tuviere un patrimonio que no exceda de 500 remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de impuestos fiscales, tasas y contribuciones especiales de mejoras municipales.

Acción afirmativa

Determina que el Estado, sus delegatarios y concesionarios adoptarán las medidas de acción afirmativa en las políticas públicas que diseñen e implementen a favor de las personas adultas mayores, a las colectividades titulares de derechos colectivos que se encuentren en situación de desigualdad.

Salud

Se asegura el acceso universal, gratuito, solidario, equitativo y oportuno a los servicios de promoción, prevención, atención eficiente y rehabilitación especializada permanente y prioritaria, funcional e integral, en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, con enfoque de género, generacional e intercultural.

La Ley del Anciano vigente desde 1991 fue el primer paso para establecer una legislación específica que proteja los derechos de las personas adultas mayores. A partir de este hito normativo se generaron nuevos estándares de protección a este grupo de atención prioritaria, más aún, la Constitución de 2008 reconoce derechos específicos que son tomados en cuenta en el proyecto de Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores.

JLVN/eg

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