En el contexto del debate de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (Coip), la Comisión de Justicia centró su atención en los cambios en materia de tránsito. Hoy, escuchó los comentarios y propuestas de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), de la Federación Nacional de Operadoras de Transporte en Taxis (Fedetaxis) y transportistas rurales de Manabí.
Pablo Calle, director de la ANT, planteó que para establecer el monto de indemnización en infracciones culposas de tránsito se tome en cuenta lo dispuesto en el artículo 438 del Código de Trabajo, más aún cuando se generen problemas de inmovilidad de ciudadanos heridos en este tipo de siniestros.
Comentó que producto de los accidentes, especialmente de transporte público, quedan heridos y las personas que se acercan en ese momento no lo hacen para auxiliar a las víctimas, sino para desvalijarles, hecho que es terrible. Entonces, en el código hay que definir esta conducta de aprovecharse de una víctima de un accidente de tránsito, dijo.
También, respaldó que cuando haya reincidencia en el uso de un vehículo para cometer un delito, se aplique como sanción la revocatoria inmediata de la licencia de conducir. Pero si producto de ese hecho resultare una persona fallecida, la revocatoria definitiva debe aplicarse en el primer delito, expresó.
Por seguridad jurídica y ciudadana, Jorge Calderón, presidente de Fedetaxis, demandó eficacia jurídica de los jueces para aplicar el artículo 386 del Coip, que sanciona a ciudadanos que realizan transporte público y comercial sin contar con el título y el permiso de operación respectivos. Es fundamental sancionar a los autos visibles e invisibles, a través de las plataformas tecnológicas para servicio de taxis, añadió.
En Ecuador, las transnacionales no pueden operar; la Federación de Taxis cuenta con la autorización de la ANT que permite a hijos de ecuatorianos operar este tipo de aplicativos y el gremio tiene su propio sistema para el mejoramiento tecnológico y satisfacer las inquietudes de nacionales y extranjeros, sostuvo.
Gustavo Moreira, representante de los transportistas rurales del Manabí, pidió revisar el artículo 388, numeral 7, para facilitar que los agricultores y campesinos puedan transportar un mínimo de personas en los baldes de las camionetas. En muchas cabeceras cantonales y parroquiales no llega la transportación organizada y los trabajadores y campesinos tienen grandes dificultades para trasladarse a las fincas y, luego, retornar a sus casas.
Mencionó que en los autos se cargan las múltiples herramientas para el trabajo del campo, los que, en muchos casos, han sido sustraídos por la falta de alguien que los vigile, por lo que se podría permitir transportar cierto número de personas cómodamente sentadas y carpas para garantizar un viaje seguro.
MG/eg
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