UNP plantea crear un sistema de protección a periodistas

Lunes, 02 de julio del 2018 - 18:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En el seno de la Comisión de Derechos Colectivos, Guadalupe Fierro, presidenta de la Unión Nacional de Periodistas, al precisar que es positivo que en la nueva Ley de Comunicación se asuman los estándares y principios internacionales de derechos humanos que consagran la libertad de pensamiento, opinión y expresión, señaló que existen temas que recogen el clamor ciudadano como la eliminación del linchamiento mediático y la Superintendencia de Comunicación.

Respaldó la propuesta de la legisladora Jeannine Cruz de crear un sistema de protección de los periodistas, lo cual está respaldado por la normativa internacional, particularmente por los Protocolos I y II Adicionales a los Convenios de Ginebra, considerando las actividades de riesgo y amenazas a las que está sometido el trabajador de la prensa.

Al referirse a los medios de comunicación, que consta en el artículo 5, indicó que existe confusión conceptual entre lo que son los medios de comunicación social y las herramientas técnicas, tecnológicas y estructurales que permiten la transmisión de contenidos.

Expresó que para la integración del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información (Cordicom), se requiere equilibrio entre el Estado y la ciudadanía, por tanto debe estar integrado por tres representantes del Estado, tres de los sectores que trabajan con la comunicación y uno del Ejecutivo, que sería quien presida y dirima en caso de empate.

Concretamente propuso que esté integrado por representantes del Ejecutivo, del Consejo de Participación Ciudadana, de los Consejos Nacionales de Igualdad, de los medios de comunicación, de los trabajadores profesionales de la comunicación, de las Facultades de Comunicación y de la Defensoría del Pueblo.

En otro orden, Guadalupe Fierro dijo que una concreción de la garantía constitucional del debido proceso y seguridad jurídica es la tipicidad objetiva, elemento constitutivo de la conducta jurídica y la tipicidad subjetiva, la intencionalidad, el dolo, para fundamentar la atribución de la responsabilidad a una persona en el cometimiento de una infracción.

Finalmente manifestó que en la Ley Orgánica de Comunicación y en las reformas se ignoran estas garantías y dejan sin tipificar objetivamente las supuestas infracciones al derecho a la comunicación.

JLVN/pv

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COMISIÓN DE DERECHOS COLECTIVOS, QUITO 2 DE JULIO 2018.

 

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