Pleno inició el segundo debate del proyecto que garantiza derechos de las personas adultas mayores

Jueves, 19 de julio del 2018 - 11:23 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional inició el segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, que busca promover, regular y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, en el marco del principio de atención prioritaria y especializada, expresados en la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y leyes conexas, con un enfoque de género, generacional e intercultural.

Jorge Corozo, presidente de la Comisión de Derechos Colectivos, ponente del informe, subrayó que esta no es una ley simplemente declaratoria, es una ley mandatoria, garantiza el efectivo goce de los derechos de los adultos mayores. Formuló un llamado a la sociedad, al Estado y la familia para que sean los garantes del cumplimiento de esta normativa.

Citó cifras sobre las condiciones de maltrato a las que han sido sometidas estas personas; el 14,70 % ha sido víctima de insultos y el 14,90 %, víctima de negligencia y abandono, de allí la necesidad de establecer con claridad las responsabilidades de cada uno de los actores de la protección de este segmento de la sociedad. “Todos los adultos mayores gozarán de los beneficios previstos en esta ley, incluidos aquellos que tienen la posibilidad de contar con una pensión de jubilación”, añadió.

Recordó que el proyecto crea un Sistema Nacional Especializado de Protección Integral de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, cuyo ente rector será el Ministerio de Inclusión Económica y Social. Participan de este sistema 19 instituciones involucradas, entre ellas los entes rectores de Finanzas, Educación, Salud, Trabajo, Justicia, Seguridad Ciudadana y Orden Público, Economía Popular y Solidaria, Desarrollo Urbano y Vivienda, Junta de Política Monetaria, así como organismos de protección de derechos de nivel cantonal y parroquial.

Así mismo, Corozo Ayoví explicó que son tres los ejes de este sistema: primero, la prevención, dirigida a eliminar factores discriminatorios y estereotipos negativos, a fin de evitar la vulneración de estas personas; el segundo, la atención, que corresponde a todos los entes relacionados, en la prestación de servicios de atención médica, psicológica, socioeconómica y asesoría jurídica, de manera prioritaria, especializada, integral y gratuita; y, tercero, la reparación, para que el adulto mayor que sea vulnerado en sus derechos, pueda acudir a la autoridad judicial o administrativa competente para que ordene la reparación inmediata de ese hecho.

Indicó que en el país apenas hay dos hospitales, uno en Riobamba y otro en Quito, que cuentan con atención gerontológica. Frente a esta realidad, la normativa establece la creación de centros gerontológicos residenciales, otros de atención diurna, espacios de socialización y encuentro, atención domiciliaria, así como centros de acogida temporales, para aquellas personas que sean encontradas en situación de necesidad apremiante o carezcan de referente familiar.

“Un millón 300 mil personas adultas mayores merecen y necesitan atención especial y prioritaria, el ente que tiene que atender este tema, en primera instancia, es la familia”, enfatizó Corozo.

La normativa determina la corresponsabilidad y participación del Estado, la sociedad y la familia, para lograr la inclusión de las personas adultas mayores. Se considera que el envejecimiento es un proceso con impacto multidimensional, con incidencia en la persona, la familia, la sociedad y en el Estado, su protección implica la ejecución de acciones con enfoque integral y solidario que se proyecten hacia la revalorización y potencialización del rol de estas personas en la comunidad, en condiciones de autonomía, igualdad, justicia y equidad.

En el proyecto se establecen, entre otros beneficios para estas personas, la exoneración del 50 % del valor de la energía eléctrica, cuyo consumo mensual sea de hasta 138 KW/hora; del consumo mensual de agua potable hasta de 34 metros cúbicos y el 50 % de la tarifa básica residencial de un teléfono de propiedad del beneficiario en su domicilio.

EG/pv

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