Asamblea aprobó el proyecto de Ley que beneficia a personas adultas mayores

Jueves, 19 de julio del 2018 - 14:52 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional, con el voto unánime de los 115 asambleístas presentes, aprobó en segundo debate el proyecto de Ley de las Personas Adultas Mayores, que busca promover, regular y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, en el marco del principio de atención prioritaria y especializada, expresados en la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y leyes conexas, con un enfoque de género, generacional e intercultural.

En el debate, los legisladores enfatizaron en la necesidad que esta ley no quede en “letra muerta”, sino que se haga un seguimiento sobre su aplicación, porque se trata de una normativa que genera políticas públicas orientadas al efectivo goce de los derechos de este grupo social de atención prioritaria.

Dentro de las argumentaciones, mencionaron que la actual Ley del Anciano no está debidamente articulada con la Constitución de 2008, que garantiza la eliminación de toda forma de violencia, abandono, discriminación u odio, por condición de edad, al destacar el principio de corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad en la atención integral a los adultos mayores.

Igualmente, los asambleístas destacaron que la normativa responde, no solo al texto constitucional, sino a las garantías establecidas mediante tratados y convenios internacionales suscritos por Ecuador, pues será una ley que dará cabida al proceso de inclusión de los adultos mayores en educación, empleo y salud, que son los pilares fundamentales del desarrollo.

Entre las preocupaciones expuestas por algunos parlamentarios está la necesidad de reconocer la obligación del Estado de cancelar a los jubilados los incentivos que aún no se han pagado y que, de acuerdo con los cálculos, esa deuda asciende a más de 1.200 millones de dólares, mientras que el valor presupuestado en este rubro apenas supera los 200 millones de dólares.

También, el hecho que no habría suficientes mecanismos de participación de los adultos mayores en las entidades y organismos relacionados con la toma de decisiones en materia de política pública destinada a este sector social. Advirtieron, así mismo, que no hay claridad respecto del financiamiento de los beneficios que constan en la ley.

De la misma manera, inquieta a algunos legisladores la creación de un nuevo sistema de registro de información de los adultos mayores, cuando lo recomendable era que se aproveche lo que ya existe, por ejemplo, el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.

Corresponsabilidad

La normativa determina la corresponsabilidad y participación del Estado, la sociedad y la familia, para lograr la inclusión de las personas adultas mayores. Se considera que el envejecimiento es un proceso con impacto multidimensional, con incidencia en la persona, la familia, la sociedad y en el Estado, su protección implica la ejecución de acciones con enfoque integral y solidario que se proyecten hacia la revalorización y potencialización del rol de estas personas en la comunidad, en condiciones de autonomía, igualdad, justicia y equidad.

El Estado se encargará de elaborar y ejecutar políticas públicas, planes y programas, que se articulen al Plan Nacional de Desarrollo, enmarcados en la garantía de los derechos de estas personas, tomando como base una planificación articulada entre las instituciones que integran el Sistema Nacional Especializado de Protección Integral de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; garantizar el acceso permanente, gratuito y especializado a los servicios de la red de salud pública y privada, así como la prevención y tratamiento de enfermedades catastróficas y medicina gratuita, entre otros.

A la sociedad se le atribuye la función de promover y respetar los derechos de los adultos mayores, brindar un trato especial y preferente, interponer las acciones correspondientes ante las autoridades competentes y actuar de manera inmediata frente a situaciones de vulnerabilidad que afecten a este sector social.

En el proyecto se establecen, entre otros beneficios para estas personas, la exoneración del 50 % del valor de la energía eléctrica, cuyo consumo mensual sea de hasta 138 KW/hora; del consumo mensual de agua potable hasta de 34 metros cúbicos y el 50 % de la tarifa básica residencial de un teléfono de propiedad del beneficiario en su domicilio.

La primera vicepresidenta de la Asamblea, Viviana Bonilla Salcedo, destacó que los adultos mayores no tienen nada que agradecer, porque el Pleno ha cumplido con su deber de legislar en favor de este importante sector social del país.

EG/pv

Más fotografías:

 

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN 528 DEL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR, QUITO 19 DE JULIO 2018.

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador