Parlamentarios llegan a acuerdos en torno a las licencias, en reformas a la Ley de Tránsito

Miércoles, 01 de agosto del 2018 - 14:59 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión Ocasional de Tránsito, que preside Fafo Gavilánez, definió el artículo sobre las licencias, que constituye el documento habilitante para conducir vehículos a motor, maquinaria agrícola, equipo caminero o pesado, el cual será entregado por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Además, se precisa que la capacitación y formación estará a cargo de las Escuelas de Conducción, Institutos Técnicos de Educación Superior, Escuelas Politécnicas Nacionales y Universidades autorizadas en el país por el Organismo Nacional Coordinador del Sistema de Educación Superior a través de convenios celebrados con la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Se determina que para la obtención de la licencia de conducción de profesionales y no profesionales, por primera vez, la ANT exigirá que se haya aprobado el curso de capacitación de conducción, a cargo de las escuelas de conducción u organismos debidamente autorizados por la Agencia Nacional de Tránsito, así como, la rendición y aprobación de las pruebas psicosensométricas y las teóricas tomadas por la propia institución, además de la aprobación de las pruebas prácticas.

La norma prevé que se extenderá la licencia de conducir profesional o no profesional únicamente a aquellos postulantes a conductores que previamente aprueben el referido curso de conducción.

Obligatoriamente se establece la rendición de pruebas teóricas, prácticas,  psicosensométricas y exámenes médicos, para todos los conductores que van a obtener, por primera vez su licencia, renovarla y/o ascender de categoría, así como para los infractores que aspiren rehabilitarse.

JLVN/eg

Más fotografías:

COMISIÓN OCASIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE,TRÁNSITO Y EDUCACIÓN VIAL,QUITO,31 DE JULIO 2018

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador