Comisión de Régimen Económico organiza taller de socialización sobre el Código de Comercio

Jueves, 27 de septiembre del 2018 - 15:44 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Régimen Económico organiza taller de socialización sobre el Código de Comercio

La Comisión de Régimen Económico organiza un taller de socialización del proyecto de Código de Comercio, a fin de explicar el alcance de la propuesta legal a diversos sectores y actores vinculados con las actividades comercial y mercantil, quienes -a su vez- podrán presentar  observaciones y aportes, como paso previó a la aprobación del informe para segundo debate.

El encuentro está previsto para el próximo martes, 2 de octubre, a partir de las 14:00, en el Salón de los expresidentes de la Sede Legislativa. Participarán autoridades del Servicio de Rentas Internas, de la Intendencia de Seguros, Función Judicial, Bolsa de Valores, Dirección de Aviación Civil, Capitanía de Puerto, Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, Universidades, entre otros sectores.

El presidente del organismo legislativo, Pabel Muñoz, consideró  probable que se reciban pocas observaciones, en virtud de que el documento fue trabajado con distintos sectores vinculados, por tanto, sus propuestas fueron incluidas en el borrador del informe que será aprobado el jueves 4 de octubre.

La Comisión revisó el contenido del Libro VI del Código de Comercio, que se refiere al Contrato de Seguro. Se analizó el tema de definición del riesgo en el contrato de seguro y se estableció que el mismo debe ser determinado y no indeterminado.

Así mismo, los asambleístas hablaron sobre el perfeccionamiento del contrato de seguro. Se dijo que hasta la fecha el contrato es solemne y por escrito. Se propone un contrato consensual de seguro, mismo que se perfecciona con el consentimiento de las partes. Una vez perfeccionado el documento, el asegurador deberá emitir la póliza dentro del término de tres días. En el evento que ocurra un siniestro antes de que se emita la póliza, se presumirá que el asegurado tiene derecho a la cobertura que, según el ramo, hubiere sido aprobado a dicha empresa de seguros por la entidad de control y supervisión de seguros del país.

En lo relacionado con el pago de las primas se precisó que el solicitante del seguro está obligado al pago de la prima en el plazo de treinta días desde el perfeccionado del contrato, a menos que las partes acuerden un plazo mayor. En el seguro celebrado por cuenta de terceros, el solicitante debe pagar la prima, pero el asegurador podrá exigir su pago al asegurado, o al beneficiario, en caso de incumplimiento de aquel, excepto para el seguro de vida, entre otros temas.

Veto optimización de trámites

El presidente del organismo legislativo adelantó que el veto del Ejecutivo al proyecto de Ley de Optimización y Eficiencia de Trámites tendrá dos momentos. Los parlamentarios acogerán aspectos de forma que mejoran la redacción del documento y se ratificarán en otros, como por ejemplo que el ente rector de la simplificación de trámites esté a cargo de Ministerio de Telecomunicaciones, Sociedad de la Información y Gobierno Electrónico, pues el Mandatario considera que no se debe definir la entidad.

JLVN/eg

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