Las instituciones públicas ya no pedirán copias de cédula, certificado de votación ni de títulos

Viernes, 12 de octubre del 2018 - 10:25 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
El Pleno de la Asamblea Nacional aprobo la Ley Orgánica de Simplificación y Optimización de Trámites Administrativos

La Legislatura remitirá hoy al Registro oficial para su publicación la Ley Orgánica de Simplificación y Optimización de Trámites Administrativos, que está dirigida a incrementar la eficiencia en los servicios que se entregan desde las instancias públicas, por tanto, todos los ciudadanos tienen derecho a recibir una atención ágil, eficiente y oportuna.

La norma dispone la optimización de trámites administrativos con lo cual se promueve la inversión, emprendimiento y empleo. Busca mejorar la calidad de vida de las personas, a través de una serie de disposiciones que permitan cumplir los trámites de forma más sencilla.

En este marco, se regula la simplificación y reducción de costos de gestión, con el fin de facilitar la relación entre los administrados y la administración pública y entre las entidades que la componen.

Las disposiciones de esta ley son aplicables a todos los trámites administrativos que se gestionan en los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral, Transparencia y Control Social, en la Procuraduría y la Corte Constitucional, pero también en las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y regímenes especiales, como el caso de la provincia de Galápagos y la región Amazónica.

Pero también, las empresas públicas, las entidades que tienen a su cargo la seguridad social, las entidades que comprenden el sector financiero público, los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.

Qué se busca con esta ley?

Con esta ley se suprimen trámites innecesarios, reducen los requisitos y exigencias a los ciudadanos, dejando única y exclusivamente aquellos que sean indispensables para cumplir el propósito de los trámites o para ejercer el control de manera adecuada; reduce los pasos para gestionar un trámite e implementar progresivamente herramientas tecnológicas para cumplir con trámites.

Principios

Los trámites se deben gestionar de la forma más eficiente y en el menor tiempo posible y para ello la ley dispone el intercambio obligatorio de información entre las entidades estatales y la información y documentación presentada por las personas.

Prioridades de esta ley

La Ley Orgánica de Optimización y Eficiencia de Trámites tiene como eje central mejorar la vida de las y los ciudadanos a través de normas que permitan simplificar trámites. Se establecen 13 principios que dan un marco general sobre cómo aplicar la Ley (pro administrado, veracidad, celeridad, consolidación, no duplicidad).

Se incorporan beneficios tangibles para la ciudadanía y para las empresas (sistema de compensación, plataforma de pagos, publicidad de trámites). Se prohíben prácticas anacrónicas de las instituciones del Estado (copias de cédula o de certificados de votación, copias notarizadas de títulos).

Prohibiciones

Prohíbe a las entidades requerir originales o copias simples o notarizadas de títulos de bachiller o de títulos de educación superior que consten en la plataforma del Ministerio de Educación o de Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), respectivamente.

Las entidades no pueden exigir a las personas el cumplimiento de requisitos y procedimientos que no estaban vigentes cuando se inició la gestión del trámite respectivo, ni la presencia física de la persona para brindarle información sobre cualquier trámite a su cargo.

JLVN/pv

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