Comisión revisará remisión de intereses en matriculación vehicular e historial crediticio, con autoridades de transporte y del sector bancario

Martes, 23 de octubre del 2018 - 13:38 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Autoridades del Ministerio de Transporte acudirán a la Comisión del Desarrollo Económico para explicar los avances de la aplicación de la Ley de Fomento Productivo. También acudirá el superintendente de Bancos subrogante, Juan Carlos Novoa.

La Ley aprobada por el Parlamento y que está vigente desde el 21 de agosto de este año, fijó una sección relacionada con la remisión de intereses, recargos y multas en matriculación vehicular e infracciones de tránsito, así como en impuestos vehiculares.

Los delegados de la Secretaría de Estado deberán referirse a la remisión de recargos establecidos por la Agencia Nacional de Tránsito, generados por la no matriculación vehicular, vencidos al 2 de abril de 2018. Según la norma, para acogerse a esta medida, los usuarios deberán pagar el capital, en el plazo de 90 días.

En la misma sección se determina la remisión de multas adicionales del 2 % establecido en la Ley Orgánica de Tránsito, correspondiente a las infracciones de tránsito que hubieren sido emitidas por el órgano competente y que se encuentren pendientes de pago al 2 de abril de este año. El beneficiario también deberá pagar, en 90 días, el valor de la sanción.

La remisión aplica, además, para los intereses de los impuestos vehiculares administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y de los valores derivados de los ajustes o reliquidaciones de impuestos vehiculares.

Historial crediticio

En cambio, el Superintendente de Bancos, además de responder sobre las denuncias de cobros indebidos por parte de la Banca, deberá exponer cómo avanza la aplicación de la Disposición Transitoria Décimo Novena de la Ley de Fomento Productivo, que tiene que ver con el historial crediticio.

La norma determina que las operaciones crediticias mantenidas en el sistema financiero que se encuentran vencidas, a la fecha de la publicación de la Ley (21 de agosto), y cuyos valores sean sancionados, en el término de 90 días, no podrán ser incluidos en el reporte crediticio ni considerados para el cálculo del score genérico por parte del Buró de Información Crediticia. 

Otros temas

La Comisión continuará, también, con el tratamiento de los proyectos de Ley de Eficiencia Energética y de reformas a la Ley de Aviación Civil.

LILA/eg

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador