Grupo parlamentario propone tipificar delitos contra la naturaleza

Viernes, 09 de noviembre del 2018 - 12:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Justicia, Reformas al  COIP,

En el marco del análisis del borrador de informe para primer debate del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal, COIP, la Comisión de Justicia y Estructura del Estado recibió las observaciones del Grupo Parlamentario por el Bienestar Animal, que tienen como objeto tipificar los delitos y contravenciones en contra de la flora y fauna.

Los ejes de las reformas están enfocados a la invasión de áreas de especial importancia ecológica; delitos y contravenciones contra la flora, la fauna silvestre y fauna urbana. Uno de los planteamientos es que se sancione el aprovechamiento económico para incitar a otras personas a ocupar tierras sin autorización; se incorpore como agravante el cometimiento del delito en una área protegida.

Jorge Yunda, coordinador del grupo, señaló que con la aplicación del COIP han evidenciado algunos vacíos o aplicaciones de penas muy bajas para delitos muy graves, que incluye a especies silvestres amenazadas en peligro de extinción emigratorias, esquema que excluye del ámbito penal a las especies silvestres que no son amenazas y que no son migratorias pero que también requieren protección.

Para fundamentar su propuesta, citó algunos casos emblemáticos, como la cacería de venados de colas blancas en el Parque Nacional Cotopaxi, en el año 2016, pero no fue procesada penalmente porque esta especie no está categorizada como amenazada.

Observaciones

Sebastián Palacios, secretario del Grupo Parlamentario, explicó que se trata de ampliar el artículo 247 del COIP, que refiere a los delitos contra la flora y la fauna silvestre. El Grupo propone incluir algunos tipos penales, uno de ellos el relativo a la muerte de animales domésticos y domesticados, que actuamente está tipificado como una contravención, sancionado con pena privativa de la libertad de 3 a 7 días.

Igualmente plantean ampliar el enfoque de animales de compañía, a animales domésticos y domesticados. También establecer la responsabilidad a personas que se dediquen al cuidado de animales como actividad comercial.

RSA/pv

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