Proyecto de Ley de la Defensoría del Pueblo fortalece la promoción de los derechos humanos y de la naturaleza

Martes, 27 de noviembre del 2018 - 13:09 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Al menos de seis cambios fundamentales en el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo habló Héctor Yépez, presidente de la Comisión de Participación Ciudadana.

Esta mesa se encargó de estudiar la propuesta, que vino de la Defensoría de Pueblo. Yépez también se refirió al proceso de socialización en el cual recibieron a representantes de la institución defensora de los derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil, entidades del Estado, organismos internacionales, entre otros

Uno de los elementos que incluyó, según Yépez, tiene que ver con el fortalecimiento de la promoción de los derechos humanos y de la naturaleza, no solo para protegerlos, sino para prevenirlos. Pero, a nivel macro, ajusta la normativa al marco constitucional y a los principios de París.

La Ley vigente rige desde 1997, por lo que no considera los derechos descritos en la Carta Magna de 2008, de ahí la necesidad de actualizarla.

Sostuvo que también se enfatiza en la independencia y autonomía de la Defensoría del Pueblo, es decir, deja claro que es una institución de la Función de Transparencia, que tiene autonomía financiera, presupuestaria y organizativa, con una estructura desconcentrada y que tendrá delegados en todo el país y en el exterior.

Además, activa la participación de la sociedad civil. Crea Consejos de Defensores y Defensoras de los derechos y garantiza el trabajo que realicen las personas defensoras de los derechos humanos y de la naturaleza.

Uno de los cambios que se evidenció entre el primer y segundo debate es que se eliminaron unos 30 artículos sobre temas de procedimiento, que deben estar en el Reglamento y no en la ley.

En consecuencia, indicó que con la nueva norma se busca establecer a la Defensoría del Pueblo como una institución nacional de protección y promoción de los derechos y de la naturaleza. Deja sentado que la misma no tiene competencia sancionatoria, porque no es una instancia judicial y esclarece las competencias y funciones de la principal autoridad de esta entidad.

El proyecto se rige bajos los principios de independencia, autonomía, pluralismo, igualdad, no discriminación, plurinacionalidad, progresividad, gratuidad, celeridad, desconcentración, entre otros.

LILA/pv

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