COIP: Lucha anticorrupción y despenalización del aborto por violación definen primer debate

Jueves, 03 de enero del 2019 - 17:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con mucha expectativa arrancó en el Pleno el primer debate del proyecto de Ley de Reformas al Código Orgánico Integral Penal. Los legisladores profundizaron en temas de mayor preocupación como los delitos a la integridad sexual y reproductiva en contra de niños, niñas y adolescentes; aborto no punible; lucha contra la corrupción e infracciones.

Enfatizaron en la necesidad de otorgar herramientas necesarias para la lucha eficaz contra la corrupción e impunidad, así como fortalecer el rol del Estado en su deber primordial de garantizar la vida y los bienes de los ciudadanos. Las reformas abarcan 14 aspectos de relevancia, 82 observaciones de asambleístas, academia y organizaciones sociales.

Tres posiciones fundamentales se manifestaron en cuanto a la lucha contra la corrupción: comiso sin condena, comiso contra terceros y comiso ampliado, que serán efectivas para retirar los bienes mal habidos, relacionados con la corrupción, los que no se podrán recuperar al estar a nombre de testaferros o porque la persona procesada evita comparecer al proceso penal y así no recibir una sentencia condenatoria.

Sobre el aborto no punible, descartaron el responder con revictimización cuando se debe reivindicar derechos.  Parte del Pleno se pronunció a favor de la vida en todas sus manifestaciones, más allá de incongruencia de las normas. Otros respaldaron la propuesta de despenalizar el aborto en caso de violación, incesto, estupro e inseminación no consentida.

Tampoco desestimaron cifras. Detallaron que en los últimos tres años 13.969 mujeres fueron violadas, lo que significa 11 violaciones por día; 718 víctimas tenían menos de 10 años de edad, 449 fueron violadas por familiares, profesores y personas cercanas.

En cuanto a los delitos contra la integridad sexual y reproductiva en contra de niñas, niños y adolescentes, los legisladores se mostraron partidarios en reforzar la tipificación de algunas conductas penales, así como la normativa referente a penas no privativas de libertad y reglas de procedimiento, con el único propósito de proporcionar al niño una protección especial.

Recalcaron que las personas que han sido sancionadas por delitos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes y jóvenes, serán sometidas a proceso de capacitación, programas o cursos que los juzgadores deben disponer con la sentencia respectiva. Además de la inhabilitación del ejercicio de oficios que involucren relación directa con la niñez, incorpora la figura de juzgamiento en ausencia de los delitos contra la integridad sexual y reproductivos contra niñas, niños y adolescentes

En cuanto a la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes o psicotrópicas para uso o consumo personal en las cantidades establecidas por la normativa correspondiente, aseguraron que no será punible. Las cantidades establecidas en las tablas serán referenciales para determinar el tráfico o consumo.

Las reformas proponen que la referencia ya no sea obligatoria para el sistema judicial, es decir, “que los jueces nunca más se laven las manos en el momento determinar cuál es el narcotraficante que se quiere pasar como consumidor”.

También se refirieron a la despenalización del uso del cannabis con fines terapéuticos, paliativos, medicinales o para el ejercicio de la medicina alternativa con el objeto de garantizar la salud, siempre que se demuestre el padecimiento de una enfermedad a través de una prescripción profesional, pues el Estado debe cumplir un rol primordial y fundamental de regulador en todo lo que se refiere a la importación y expendio.

RSA/ds

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