Ejecutivo propone modificar ocho disposiciones de la Ley que previene la violencia en el deporte

Martes, 26 de febrero del 2019 - 16:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Ejecutivo remitió a la Asamblea la objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica de Prevención y Sanción de la Violencia en el Deporte que busca garantizar el acceso seguro de la familia a los escenarios deportivos y erradicar todo acto violento que pueda poner en riesgo la integridad física de los deportistas, aficionados y público en general.

Desde Carondelet se propone que esta ley tenga por objeto prevenir y sancionar los riesgos en escenarios y eventos deportivos, pues considera que el objeto de la norma debe guardar amonía con el título y el contenido, proporcionando una idea general de las regulaciones desarrolladas en ella.

En cuanto a los requisitos para la autorización de la ejecución del evento deportivo, sugiere que el Intendente de Policía o Comisario Nacional, con jurisdicción y competencia en el territorio donde se ejecute el evento deportivo, mediante resolución motivada, autorizará su realización en un término no mayor a tres días, previa verificación de que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa para la intervención de Intendentes de Policía emitida por el ente rector de la seguridad ciudadana y orden público y que se cuente con la autorización del Comandante de Policía de la jurisdicción correspondiente.

Adicionalmente, verificará que se encuentren vigentes documentos como el plan de seguridad, prevención y gestión de riesgos en escenarios y eventos deportivos; y, licencias de escenarios deportivos.

El Ejecutivo argumenta que ya se contemplan los requisitos para otorgar los permisos para espectáculos públicos, entre ellos, la solicitud, los documentos habilitantes, el permiso del Cuerpo de Bomberos, generando duplicidad de requisitos, que volverían el trámite engorroso.

Propone modificar la asignación de competencias, atribuciones y responsabilidades a las entidades y organismos del Estado, en este caso, al entre rector de la política de seguridad ciudadana, protección interna y orden público, a fin de evitar conflictos, contradicciones y superposición de competencias.

La mayor parte de sus observaciones es de forma, con el propósito de aclarar el contenido de los artículos, en comparación con normas conexas, para que no se produzcan ambigüedades.

Al respecto, la Asamblea Nacional tiene el plazo de 30 días para pronunciarse sobre la objeción parcial y, de ser el caso, acoger los textos alternativos propuestos por el Ejecutivo o, en su defecto, insistir en lo aprobado por el Pleno.

RSA/eg


 

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