Erradicar la violencia en el deporte para asegurar el bienestar y salud de los ecuatorianos, otro objetivo de la Legislatura

Jueves, 28 de febrero del 2019 - 15:37 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El deporte es un instrumento de desarrollo social, vinculado en forma inmediata con el bienestar y la salud de la población. La Asamblea legisló para defenderlo y, en esa línea, aprobó una normativa que implementa y define mecanismos para prevenir acciones que vayan en contra del normal desenvolvimiento de esta actividad.

La normativa pretende efectivizar el deporte como componente del buen vivir, un derecho de las personas a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al uso adecuado del tiempo libre.

El proyecto de ley Orgánica de Prevención y Sanción de la Violencia en el Deporte desarrolla acciones preventivas y sancionatorias dirigidas a la erradicación de la violencia en el deporte y procura garantizar a los aficionados el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática. Es decir, establece las garantías básicas que deben tener los espectadores, así como los derechos y deberes de los participantes en los programas y encuentros deportivos.

La intención es que la gente pueda asistir con entera tranquilidad a los estadios, vistiendo los colores de sus equipos, sin tener el temor de ser agredido por el simple hecho de pertenecer a la hinchada de un club y que el fútbol, en particular, vuelva a ser un deporte para disfrutarlo en familia, en un marco de seguridad y respeto general.

El documento incorpora en nuestra legislación la licencia de escenarios deportivos que habilita, previo cumplimiento de requisitos, la utilización de los mismos; regula el ingreso de instrumentos, a fin de eliminar la subjetividad en los controles de acceso.

También, reforma el Código Orgánico Integral Penal para sancionar la violencia al interior y exterior de los eventos deportivos; establece los deberes y responsabilidades de las instituciones y participantes del evento deportivo; fortalece y clarifica la aplicación de la sanción que prohíbe el ingreso a escenarios deportivos de aquellos ciudadanos que trasgredan la norma.

Determina criterios para decidir niveles, clasificación, características del plan de seguridad, prevención y gestión de riesgos en eventos deportivos, así como requisitos para la autorización de un evento deportivo; e, incorpora un título referente a los deberes y responsabilidades de instituciones y participantes de eventos deportivos.

El Ejecutivo en su objeción parcial, sugiere considerar la prevención y sanción de los riesgos en escenarios y eventos deportivos, pues cree que el objeto de la norma debe guardar armonía con el título y el contenido, proporcionando una idea general de las regulaciones desarrolladas en ella.

RSA/eg

 

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