Acceso a la salud de los servidores públicos no será limitado

Lunes, 18 de marzo del 2019 - 14:12 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Las reformas a la Ley de Servicio Público proponen crear condiciones en las cuales no se limite el acceso a la salud de los servidores públicos, en razón del tiempo necesario para su atención. Esto constituye una enmienda que propende a la progresividad del derecho a la salud de las personas que laboran en el sector público.

Determina que los certificados médicos extendidos por profesionales de la salud del sector privado tienen la validez necesaria para justificar la ausencia por motivos relacionados con la atención en salud, sin que requieran un control o aval por parte de sus pares que trabajan en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Las respectivas unidades de talento humano, serán las que tomen medidas legales y disciplinarias al detectar un mal uso de estos certificados.

En la norma se evidencia la coincidencia de que estas atenciones no deben afectar el período vacacional a que tiene derecho el servidor público.

En la actualidad, el Código de Trabajo establece como protección al derecho a la salud de los trabajadores que éstos contarán con el tiempo necesario para ser atendidos por los profesionales de la salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), mientras la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) indica que los servidores públicos contarán con dos horas para el mismo efecto.

Por tanto, esta propuesta de Ley, que se encuentra lista para ser resuelta en el Pleno, luego que la Comisión de los Trabajadores aprobara el informe no vinculante de la objeción parcial del Presidente de la República, amplía la protección de los derechos de los servidores públicos.

RSA/eg

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