Comunidades recibirán presupuesto para conservación y protección del agua

Martes, 26 de marzo del 2019 - 13:12 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comunidades recibirán presupuesto para conservación y protección del agua

La Comisión de Biodiversidad, por unanimidad, aprobó el informe para primer debate de las reformas a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, mediante el cual se establece que el Estado asignará de manera equitativa y solidaria el presupuesto público para la ejecución de políticas, proyectos, programas, estudios de infraestructuras y protección de servicios públicos que permitan mejorar la calidad del agua.

El asambleísta Fredy Alarcón, dijo que la propuesta se acogió porque las comunidades que son las que cuidan los páramos deben contar con recursos necesarios para conservar y proteger el agua.

El informe que contiene la firma de 10 legisladores, plantea que  las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, así como los habitantes tradicionales de los páramos podrán convertirse en gestores de los ecosistemas de páramos, con el correspondiente permiso de la Autoridad Única del Agua y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de conformidad a sus competencias.

Estos desarrollarán actividades de gestión, monitoreo, seguimiento y accederán a los beneficios que permitan estimular la protección, conservación y prevención de los páramos para garantizar la protección de los recursos hídricos.

Prevé que el Estado en sus diferentes niveles de gobierno nacional, provincial, municipal, parroquial, circunscripciones territoriales indígenas, impulsará y ejecutará incentivos financieros y no financieros para los gestores de los ecosistemas de páramos.

Determina que la Autoridad Única del Agua deberá articular, coordinar y cooperar con los actores que forman parte del Sistema Nacional Estratégico del agua para la gestión integral e integrada de los recursos hídricos.

Además, establece que el trámite del proceso administrativo para el conocimiento y sanción de las infracciones establecidas en la ley, se rija por el Código Orgánico Administrativo. Se clarifica las infracciones administrativas sobre el uso y aprovechamiento de los recursos hídricos.

En materia de reincidencia del cometimiento de una falta muy grave prevé la cancelación directa de la autorización del uso y aprovechamiento productivo del agua y la aplicación máxima de la multa.

En todos los casos se cumplirá con el debido proceso, de manera que se garantice el ejercicio de la legítima defensa a través de la ejecución de actos administrativos que aseguren la citación y conocimiento de la denuncia; aporte de pruebas, investigación, peritajes, valoración jurídica, técnica y resolución motivada, entre otras, de conformidad con el Código Orgánico Administrativo, esta Ley y el Reglamento.

JLVN/sv

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