Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito apoya despenalización del aborto, en caso de violación

Miércoles, 03 de abril del 2019 - 17:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión JUSTICIA

Nuevas voces se ponunciaron sobre el contenido y alcances de las reformas al Código Orgánico Intergral Penal (COIP). La Comisión de Justicia, en la continuación de la sesión 038, recibió aportes del Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito y del académico Stefan Krauth.

Verónica Moya, secretaria Ejecutiva del Consejo, expresó el apoyo a la despenalización del aborto en casos de embarazo por violación e incesto, más aún cuando se trate de niñas y adolescentes.

Además, sugirió que se profundice en la normativa temas de garantías de derechos, fundamentalmente el impacto que genera en el desarrollo cerebral de los niñas violadas, el abuso sexual, así también el costo social en las criaturas que están por nacer.

Entre tanto, Miriam Ernest, representante del Consejo Consultivo de Mujeres al Consejo de Protección de Derechos, comentó que la violación es una imposición de fuerza machista sobre el cuerpo de las mujeres, quienes, muchas veces, se quedan embarazadas sin quererlo. Es decir, en una violación nunca hay consentimiento y resulta que las mujeres al final son criminalizadas por querer abortar.

Quienes deben pagar la culpa son los agresores, no las víctimas que, en su gran mayoría, resultan ser niñas y adolescentes. Este es un problema de salud pública, puesto que muchas mujeres mueren por una mala práctica de aborto clandestino, ante lo cual el Estado debe promover espacios de prevención en educación sexual integral, que permitan a hombres y mujeres contar con información específica para decidir si quieren o no tener un hijo, que es producto de una violación.

Procedimiento abreviado

El académico Stefan Krauth, delegado de la cooperación alemana en aspectos de fortalecimiento de la justicia, sostuvo que existen ciertas inconsistencias en la determinación del dolo, la vía de casación, el error de tipo penal y el procedimiento abreviado. Precisamente, es necesario revisar la práctica de este último, ya que pone en peligro los derechos de las víctimas y de las personas procesadas.

MG/eg

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SESIÓN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA, QUITO, 4 D EABRIL DE 2019

 


 

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