Pleno resolvió veto de norma que busca independencia de la Defensoría del Pueblo y el respeto a los derechos humanos

Jueves, 11 de abril del 2019 - 16:43 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Cinco años estuvo represado el proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, que busca la promoción de todos los derechos, a fin de evitar que se llegue a su violación. La norma, vigente desde 1997, desarrolla los derechos que contiene la Constitución de 2008, como el de la naturaleza, movilidad humana y defensores de derechos humanos.

El trámite de este proyecto inició en marzo de 2014 y en octubre de ese mismo año se lo conoció en primer debate. El tema se lo retomó en 2018, año en que se aprobó en segundo debate, y este 11 de abril el Pleno resolvió el veto parcial y por inconstitucionalidad. Con ello, está listo para su próxima vigencia.  

La Corte Constitucional, según Héctor Yépez, presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, que estudió esta iniciativa, ratificó la validez de 24 de las 30 observaciones realizadas por el Ejecutivo, que avala la plena autonomía de la Defensoría del Pueblo.

En este cuerpo legal se establece con claridad las competencias del Defensor del Pueblo y el funcionamiento de toda la institución. Plantea un modelo más desconcentrado que busque atención más ágil e inmediata: contará con delegaciones en cada provincia del país y se creará representaciones en los países de destino o tránsito en los cuales se identifiquen situaciones que amenacen o vulneren gravemente los derechos humanos de ecuatorianos en el exterior.

Propone una visión vinculada no solo a lo individual, sino colectivo, estructural e integral de la atención de los derechos.

El proyecto cuenta con mecanismos para la participación activa de la sociedad civil: le exige al Defensor del Pueblo organizar, con la sociedad, la conformación de consejos y defensores de derechos humanos.

Propone que la Defensoría del Pueblo vele porque el Estado cumpla las obligaciones de garantizar las condiciones para que las personas defensoras de los derechos humanos realicen sus actividades libremente; no impedir sus actividades; evitar actos destinados a desincentivar o criminalizar su trabajo; a protegerlas si están en riesgo; y, a investigar y sancionar delitos perpetrados en su contra

LILA/eg

 

 

 

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