Tratado para el Traslado de Personas Sentenciadas entre Ecuador y Cuba permite que ciudadanos cumplan condena cerca a su familia

Viernes, 31 de mayo del 2019 - 12:44 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales analizó el Tratado para el Traslado de Personas Sentenciadas entre los gobiernos de Ecuador y Cuba, cuyo propósito es permitir que, quienes tengan sentencia firme y ejecutoriada cumplan su condena en el país de su nacionalidad o ciudadanía, cerca de su familia y bajo la perspectiva de la rehabilitación social.

El tratado, compuesto de 18 artículos, contempla el consentimiento de las personas para su traslado y que los países tengan legislaciones análogas respecto al delito cometido. Además, se determina que cada país tiene la facultad para determinar indultos o amnistías. También, establece que ningún privado de libertad que cumplió sentencia en Cuba o Ecuador sea sujeto de un nuevo proceso de orden legal por la misma causa.

El convenio, firmado en 2011, se lo ejecuta de manera provisional, su aplicación se sustenta en el artículo 25 de la Convención de Viena, que faculta a los países que firman un tratado ejecutarlo, de buena voluntad, hasta que pase los procedimientos de aprobación legislativa.

Patricio Benalcázar, asesor de la Comisión, indicó que, de acuerdo con datos proporcionados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, desde 2014 hasta 2018 fueron trasladados 26 ecuatorianos para que cumplan su condena en el país, mientras que hasta el uno de abril de 2019 se han atendido 15 casos, la mayoría por tráfico ilícito de estupefacientes. En esta cifra se incluye a un ciudadano apátrida, con carné de refugiado en Ecuador. De los 14 casos de ecuatorianos, 13 cuentan con sentencia, pero solo 10 solicitaron su traslado.

En cuanto a la situación de los ciudadanos cubanos, al 28 de marzo de 2019, hay 33 personas privadas de libertad, en su mayoría por tráfico ilícito de estupefacientes, cinco casos han solicitado repatriación. Sin embargo, existe el riesgo de que una vez que cumplan la sentencia y se proceda a la devolución a su país se produzcan inadmisiones por pérdida de la residencia.

SV/pv

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