Para aclarar alcance de las derogatorias contenidas en la Ley del Adulto Mayor, el Pleno aprobó Fe de Erratas

Jueves, 06 de junio del 2019 - 13:49 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Para aclarar alcance de las derogatorias contenidas en la Ley del Adulto Mayor, el Pleno aprobó Fe de Erratas

El Pleno de la Asamblea Nacional, mediante resolución, emitió una Fe de Erratas para aclarar el alcance de las Disposiciones Derogatorias Novena y Décima de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, en referencia a los Registros Oficiales No. 405 de 29 de diciembre de 2014; y, de 29 de abril de 2016, respectivamente. Lo correcto era aludir los suplementos de los referidos Registro Oficiales.

En este marco, la Disposición Derogatoria Novena dirá: deróguese el Capítulo VIII de la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción del Fraude Fiscal, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 405 de 29 de diciembre de 2014.

En cambio, la Disposición Derogatoria Décima dirá: deróguese el artículo 5 de la Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 744 de 29 de abril de 2016.

El legislador Jaime Olivo, presidente actual de la Comisión de Derechos Colectivos, fue el encargado de mocionar los cambios, a través de una Fe de Erratas.

El texto dispone al Secretario General de la Asamblea Nacional que, de manera inmediata, remita al Registro Oficial una comunicación que contenga la publicación de la Fe de Erratas a la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 484 de 9 de mayo de 2019.

Reformas al COGEP

Igualmente, el Pleno, con 114 votos, viabilizó la publicación del texto completo de las reformas al Código Orgánico General de Procesos, que fuera objetado parcialmente y por inconstitucionalidad por el Ejecutivo. Posteriormente, la Legislatura resolvió las objeciones y, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, los textos materia de objeción por inconstitucionalidad, una vez reformulados y aprobados, deben regresar a la Presidencia de la República para su sanción.

En tal virtud, el Pleno dispuso al Secretario General de la Asamblea la unificación inmediata de los artículos de la Ley Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos, aprobados en la sesión del Pleno de la Asamblea Nacional Nº 587, del 16 de abril del presente año y que recoge los criterios emitidos por la Corte Constitucional respecto de los artículos de la objeción parcial de inconstitucionalidad, así como los artículos en los cuales no procedió la objeción por inconstitucionalidad.

Así mismo, dispuso al Secretario, una vez unificados los textos del articulado en un solo proyecto de Ley reformatoria al Código Orgánico General del Procesos (COGEP), este sea remitido al señor presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, para la sanción correspondiente y su publicación en el registro Oficial.

JLVN-EG

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