Asamblea tramitó en primer debate las reformas a la Ley de Discapacidades

Jueves, 08 de agosto del 2019 - 14:47 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Asamblea Nacional tramitó, este jueves, en primer debate el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Discapacidades, por el cual se busca fortalecer los principios y mecanismos para la plena vigencia y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, a fin de reducir las brechas detectadas entre la aplicación de la legislación vigente sobre inclusión social y la norma a favor de este sector prioritario de la sociedad.

El asambleísta ponente del proyecto, Carlos Vera Rodríguez, recordó que, lamentablemente, hay familias que abandonan a las personas que presentan algún tipo de discapacidad y que la sociedad -en ocasiones- margina a este sector y les deja a su suerte. Por ello, dijo, nosotros -como Asamblea- tenemos la responsabilidad de crear condiciones óptimas para que este sector pueda ejercer sus derechos, sin restricciones.

Vera explicó que la mesa recibió aportes de diversos sectores, a más de los asambleístas que plantearon reformas, entre ellos, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Pueblos y Nacionalidades; el Consejo Nacional de Igualdad para la Discapacidad; el Viceministerio de Atención Integral de la Cartera de Salud; el Instituto de Seguridad de Fuerzas Armadas (Issfa); la Federación de Personas con Discapacidad Intelectual y sus Familias y los Autogestores Nuestros Jóvenes (FEPAPDEM); la Comisión de Vigilancia de la Asociación de Discapacidades de las Fuerzas Armadas Ecuatorianas; y, la Coordinadora Zonal 4 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Añadió que el proyecto tiene como propósito promover, proteger y asegurar las condiciones de igualdad y el pleno goce de los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, incluyendo la de carácter sicosocial, lo cual permitirá cobijar los trastornos del espectro autista.

El documento define con claridad a la persona con discapacidad, para efectos de la aplicación de esta Ley, con alusión expresa a la restricción permanente de la capacidad biológica, sicológica y asociativa que tienen para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, entendiendo que la discapacidad va más allá de lo médico. Al hablar de actividades esenciales de la vida diaria se refiere a aquellas comunes a todas las personas que les permiten autonomía e independencia básica, como son las acciones de autocuidado, caminar, correr, movilizarse, libertad para logar relaciones interpersonales.

Carlos Vera indicó que la Mesa acogió la sentencia de la Corte Constitucional por la cual se declara la inconstitucionalidad del Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, por aumentar el porcentaje requerido para acceder a los beneficios de esta normativa del 30 % al 40 %, por considerar que esto vulnera el carácter no regresivo de los derechos y, por limitar, mediante reglamento, una disposición legal.

En el curso del debate intervinieron ocho asambleístas, incluido el ponente, quienes enfatizaron en la necesidad de garantizar adecuadamente los derechos de las personas con discapacidad y corregir las incongruencias que se dan en la aplicación de la norma, sobre todo en lo que tiene que ver con el porcentaje mínimo para considerar a una persona con discapacidad y acceder a los derechos previstos en la ley. Así mismo, que se pueda transversalizar un enfoque biosicosocial de la discapacidad, que mejore la atención integral de estas personas en todos los ámbitos que han sido descuidados hasta ahora.

EG

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