Que las transformaciones societarias, los procesos de escisión y la legalización de las sucursales extranjeras sean más rápidas y eficientes es lo que pretenden las reformas a la Ley de Compañías, cuyo informe para que el Pleno lo tramite en segundo debate está listo. El pasado 7 de agosto, la Comisión del Desarrollo Económico lo aprobó por unanimidad de los presentes.
La iniciativa cambia la Ley para que cuando se produzca una escisión de una compañía (separación) se puedan dividir sus activos, pasivos, patrimonio o capital. Con la norma vigente el procedimiento utilizado es la transferencia de activos y/o pasivos de una compañía a otra.
De acuerdo con la Comisión, el proyecto pretende dinamizar la economía, generar seguridad jurídica, fomentar la inversión, la competitividad y el empleo. De esta forma, permite la simplificación de trámites administrativos para la liquidación de empresas que, por varias circunstancias, no han podido tener éxito en sus negocios.
Además, a las compañías disueltas busca exonerarlas del pago de impuestos por concepto de sus actividades operacionales. Propone calcularlos de manera proporcional hasta la fecha de emisión de la resolución de disolución.
El proyecto también prevé la suspensión del cumplimiento de deberes formales de declaración del Impuesto a la Renta para las compañías disueltas. Sin embargo, aclara que la disolución de una sociedad mercantil no extingue las obligaciones tributarias surgidas con anterioridad a tal declaratoria.
De acuerdo con el presidente de la Comisión, Esteban Albornoz, la situación de las compañías es cada vez más dinámica, puesto que la tecnología avanza y todos los días se crean plataformas informáticas que permiten nuevas formas de negocio, por lo que la realidad demanda ajustes urgentes y obligatorios a nuestra legislación vigente.
LILA/ea