Parlamentarios debatirán normativa para frenar cobros indebidos de las instituciones del sistema financiero nacional

Lunes, 30 de septiembre del 2019 - 14:54 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Parlamentarios debatirán normativa para frenar cobros indebidos de las instituciones del  sistema financiero nacional

El Pleno de la Asamblea Nacional analizará el proyecto que busca frenar las prácticas que mantiene el sistema financiero nacional, en lo que respecta al débito o cobro de valores a sus clientes por servicios que no han sido previamente aceptados ni puestos en su conocimiento, sobre la base del informe preparado por la Comisión de Régimen Económico.

Cinco proyectos de iniciativa de los asambleístas Esteban Albornoz, Henry Cucalón, Juan Cristóbal Lloret, Pabel Muñoz y del exlegislador Esteban Bernal, fueron unificados en el informe para primer debate de las reformas a diversas Leyes para evitar abusos de las entidades del sistema financiero nacional.

A través del cuerpo legal se propone reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero, a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, y a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en busca de dar soluciones expeditas a los clientes que han realizado reclamos ante la identificación de cobros no autorizados, que constituyen una falta grave.

En el proyecto se establece que la Superintendencia de Bancos efectúe la vigilancia, auditorías, intervención, control y supervisión de actividades financieras que ejercen la entidades públicas y privadas del sistema financiero nacional, con el propósito de que estas actividades atiendan al interés general, se sujeten al ordenamiento jurídico, y permitan evitar, prevenir o desincentivar prácticas fraudulentas, prohibidas y/o abusivas, tendientes a menoscabar o violentar los derechos de los usuarios del sistema financiero nacional.  

Esta entidad de control deberá proteger los derechos de los clientes y usuarios, así como, resolver las controversias en el ámbito administrativo que se generen con las entidades bajo su control, para lo cual deberá solicitar o practicar de oficio, según el caso, las acciones de control necesarias para su esclarecimiento. Para el efecto deberá emitir disposiciones reglamentarias de protección para los usuarios o clientes financieros.

Además, propondrá políticas de seguridad y regulaciones de protección, control y vigilancia financiera a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, a fin de proteger los derechos de los clientes y usuarios financieros. También, informará sobre los resultados del control, incluyendo aquellas actividades realizadas respecto de la defensa y protección de los derechos de los usuarios del sistema financiero, así como de la expedición de normativa que mejore su capacidad de control y la protección de los derechos de los usuarios, en el marco de sus competencias

Prevé que la Superintendencia de Compañías, entre otras atribuciones en materia societaria, ejerza vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión del mercado de valores. Este se debe ejercer en el régimen de seguros y de las personas jurídicas de derecho privado no financieras, con el propósito de que las actividades de estas se desprendan, atiendan al interés general, se sujeten al ordenamiento jurídico y eviten, prevengan y desincentiven prácticas fraudulentas, prohibidas o abusivas tendientes a menoscabar o violentar los derechos de los usuarios, socios o clientes.  

JLVN/ea

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