Proponen crear Sistema Único de Registro y Catastro Minero para el desarrollo ordenado de esta actividad

Lunes, 14 de octubre del 2019 - 14:33 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Proponen crear Sistema Único de Registro y Catastro Minero para el desarrollo ordenado de esta actividad

El asambleísta Elio Peña, presentó un proyecto de reformas a la Ley de Minería orientado a crear un Sistema Único de Registro y Catastro Minero. La finalidad de la propuesta es ejecutar un control efectivo y facilitar el acceso al desarrollo ordenado de esta actividad para quienes deseen ejercerla. El proyecto será tramitado en la Comisión de Régimen Económico, según resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL).

En este marco, se establece que la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom), la Autoridad Ambiental Nacional, la Autoridad Única del Agua y los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) de nivel cantonal, deberán articular un solo sistema de registro y catastro minero, que estará  a cargo de la Arcom, con el objetivo de realizar la planificación del sector mediante un adecuado cruce y disposición de información de cada una de estas instituciones, conforme a sus competencias.

En el caso de que una o más concesiones mineras hayan sido otorgadas a favor de una empresa pública, y éstas a su vez tengan que ser revertidas al Estado o transferidas a un concesionario minero de carácter privado, este último tendrá que devolver al Estado toda la inversión realizada en las diferentes fases mineras implementadas, previo informe de la Autoridad Nacional en materia de recursos naturales no renovables que justifique la productividad real de los montos invertidos.

Las concesiones mineras que hayan sido otorgadas a empresas subsidiarias o filiales, se entenderá que han sido concedidas a la empresa matriz de la cual dependen administrativa y económicamente, con la finalidad de evitar la acumulación de hectáreas mineras en un solo concesionario.

En lo que respecta a la utilización responsable del agua, se establece que todos los proyectos mineros deben contar con un diseño de recirculación y/o reutilización del agua.

Igualmente, se determina que las maquinarias, equipos y vehículos que hayan sido incautadas por efecto de la minería ilegal podrán ser donados a los GAD de nivel cantonal o parroquial que se encuentren dentro del área de influencia directa o indirecta donde se haya desarrollado la actividad minera. En el caso de los insumos incautados, se procederá a realizar una subasta pública para quienes demuestren actividad minera legal. Si en el plazo de 180 días no se efectúa el traspaso de estos bienes incautados, se procederá con la destrucción, demolición, inutilización, chatarrización o neutralización, según sea el caso.

JLVN/ea

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