La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece el camino a seguir para el tratamiento de un proyecto con el carácter económico urgente. El primer paso, es que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) califique a trámite el proyecto de reforma tributaria enviada por el Ejecutivo y determine la Comisión Especializada Permanente, de acuerdo con la materia para que la mesa legislativa lleve adelante su análisis.
La Comisión respectiva tramitará el proyecto en un tiempo máximo de 30 días. En el plazo de 10 días elaborará el informe para primer debate. En este tiempo, deberá considerar un plazo no menor de cinco días para que los ciudadanos que tengan interés en el proyecto o consideren que sus derechos pueden ser afectados acudan a la Comisión a presentar sus argumentos.
El informe será puesto a consideración del Presidente de la Asamblea Nacional quien establecerá una sesión del Pleno para debatir en primera instancia el documento. Las observaciones formuladas en el Pleno deberán ser analizadas por la Comisión.
Segundo debate
Transcurrido el plazo de 4 días, contados desde el cierre de la sesión del Pleno, la Comisión Especializada deberá presentar al Titular del Parlamento, el informe para segundo debate, con la sistematización de todas las observaciones presentadas.
Recibido el informe, el Presidente ordenará por Secretaría, la distribución del informe a los asambleístas. Concluido el plazo de 48 horas, contado desde la distribución del documento, lo incluirá en el Orden del Día de la sesión plenaria. En este debate, el Pleno podrá aprobar, modificar o negar el proyecto de Ley.
Una vez aprobado el proyecto, en el plazo máximo de dos días hábiles, deberá enviarlo al Ejecutivo para su sanción u objeción.
JLVN/ea