En el marco del estudio de la objeción parcial al proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), la Comisión de Justicia, presidida por la asambleísta Ximena Peña, escuchó los criterios de representantes del grupo Sea Shepherd (Pastor del Mar), quienes se refirieron al tema de delitos contra la flora y fauna silvestres.
Cristina Cely y Catherine Pruett resaltaron el texto aprobado por la Asamblea, que dispone que la persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática; de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno o tres años.
Cely expuso que la reforma tiene un rango de protección más amplio al hablar de especies protegidas por sobre la figura de especies amenazadas que es incluida en la objeción presidencial.
Advirtió que se anularía, de esta manera, el efecto o figura de agravante en materia penal, concurriendo en lo que se conoce como In dubio Pro reo, en donde la pena que prevalezca será la menor, perdiendo así efecto de sustancia agravante. En tal sentido, pidió que el Parlamento se ratifique en el texto original.
Legislación clara
Catherine Pruett expresó que la legislación sobre delitos contra la flora y fauna debe ser clara, directa, precisa y sin ambigüedades, tanto para las personas que defienden los derechos de la naturaleza cuanto para quienes están siendo procesadas. Hay muchos casos en tribunales a nivel mundial que se han perdido porque la legislación no es adecuadamente clara, enfatizó.
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