Policía Nacional controlará el tránsito en vías estatales que no vigila la CTE

Miércoles, 30 de octubre del 2019 - 13:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión Ocasional de Tránsito avanza con  la construcción del informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley de Transporte Terrestre. Hoy,  generó un amplio análisis del articulado que habla sobre el sobre el funcionamiento,  naturaleza jurídica, directorio, funciones, atribuciones, patrimonio de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE); control de tránsito y seguridad vial.

Los parlamentarios determinaron que la Policía Nacional, en coordinación con la Agencia Nacional de Tránsito, se encargue del control de tránsito y seguridad vial en la red estatal, donde no han asumido competencia la Comisión de Tránsito del Ecuador, y Gobiernos Autónomos Descentralizados (zonas urbanas).

Además, establecieron que la Policía Nacional podrá capacitar y formar a los agentes civiles de tránsito, con este fin podrán suscribir convenios con las instituciones de Educación Superior, acreditadas por Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES).

En cuanto a las atribuciones de la Comisión de Tránsito del Ecuador, se encargará de  dirigir la planificación del personal del cuerpo de vigilancia mediante la escuela de formación de oficiales y tropa. Además, podrá autorizar pruebas y competencias deportivas que se realicen, en todo el recorrido o parte del mismo, en las vías públicas de su jurisdicción; en coordinación con el organismo deportivo correspondiente, los gobiernos autónomos descentralizados y la Policía Nacional.

Desde el área de investigación de accidentes de la Comisión de Tránsito del Ecuador, se establecerán estrategias conjuntas y estudios técnicos para evitar siniestros de tránsito que permitan fortalecer la seguridad vial en la red estatal. Esto les permitirá  cumplir con las actividades de control, protección y auxilio.

Los parlamentarios eliminaron el literal e) del artículo 239,  por el cual se autorizaba al Director Ejecutivo la adquisición de bienes y la ejecución de obras en el ámbito de la cuantía que le corresponda, según las disposiciones de la ley sobre la materia.

Establecieron que son deberes y atribuciones de la Dirección Nacional de Control de Tránsito y Seguridad Vial, ejecutar las políticas, directrices, y resoluciones de la  Agencia Nacional de Regulación, Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

La Comisión Ocasional de Tránsito que la preside el legislador Fafo Gavilánez, resolvió reunirse, el jueves 31 de octubre, a partir de las 06:00, para avanzar con el estudio y aprobación de artículos de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El objetivo es entregar, en lo posible, el informe para segundo debate hasta mediados de noviembre.

JLVN/cz

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