UNP reafirma que la comunicación sea un derecho y no un servicio público

Miércoles, 06 de noviembre del 2019 - 13:36 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

A la Comisión de Derechos Colectivos llegó la presidenta de la Unión Nacional de Periodistas (UNP) Guadalupe Fierro, quien dio sus observaciones a las reformas al artículo 5 de la Ley Orgánica de Comunicación. Ella reafirmó que la comunicación es un derecho y no un servicio público.

Fierro dijo no estar de acuerdo con la definición que se establece para los medios de comunicación, pues se los quiere ver como algo mecanicista. Se confunde las herramientas físicas utilizadas en la comunicación con un concepto que involucra factores humanos, técnicos y tecnológicos que intervienen en la producción de contenidos para su divulgación, es decir, los comunicadores o periodistas que gestionan la comunicación.

Igualmente, mencionó que se confunde el concepto de propiedad con el de la estructura  jurídica y de gestión que adopten los medios de comunicación: privados, públicos, comunitarios. Recordó que, la Asamblea Nacional añadió en las reformas a la Ley de Comunicación a los medios ciudadanos que integran el Sistema Nacional de Comunicación, los cuales han sido omitidos.

Medios digitales

Existe confusión conceptual entre lo que son los medios y las herramientas técnicas, tecnológicas y estructurales que permiten la transmisión de contenidos. Esto puede llevar a una peligrosa extensión de la definición propuesta por el Ejecutivo a todo tipo de expresión y opinión, que no necesariamente se ejercita a través de los medios de comunicación social establecidos. La presidenta de la UNP mencionó que la sentencia de la Corte Constitucional, en el Registro Oficial No. 811, de 17 de octubre de 2012, establece este peligro.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que la libertad de expresión es la piedra angular de un estado democrático, por lo cual no puede privarse del derecho de expresión a aquellos particulares que en uso de medios no tradicionales expresan su opinión, señaló.

De acuerdo al criterio de Fierro, la utilización de nuevas herramientas de tecnología en el internet ha afianzado de manera importante el derecho a la libertad de expresión, pues la población civil ha podido desarrollar mecanismos que garanticen un espacio para el control social y la denuncia que aquejan su vida cotidiana. Sugirió recoger la decisión de la Corte Constitucional que excluye a los medios de comunicación a través de los cuales los particulares tienen derecho a transmitir ideas, opiniones o informaciones.

Guadalupe Fierro indicó que la falta de un concepto claro de medio de comunicación  deja un marco ambiguo para operar jurídicamente en concepto en eventuales conflictos sobre libertad de expresión. Dijo que si bien en el proyecto del Ejecutivo se elimina la definición  de “servicio público”, es necesario pulir el significado jurídico de “medio de comunicación social” para consolidar una de las facetas más importantes, el derecho a la libertad de informar. Los medios más allá de cómo se organicen, cumplen con el objetivo de transmitir información y eso tiene que ser considerado en la definición de la ley.

En su turno, la legisladora Marcela Aguiñaga explicó que los medios de comunicación alternativos son una fuente importante para el acceso a la información, sobre todo en tiempos de crisis. Agregó que la Ley de Comunicación debe definir específicamente si deben ser regulados o no.

Por  su parte, la asambleísta Marcela Holguín manifestó que si no se define de mejor manera a los medios de comunicación social, podría existir un control a redes sociales, plataformas de mensajería, entre otros, lo que podría llegar a una judicialización de la opinión.

JLVN/cz

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SESIÓN DE LA COMISIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS, QUITO, 06 DE NOVIEMBRE 2019.

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