Comisión resolvió las tres objeciones al proyecto de reformas a la Ley de Compañías

Miércoles, 27 de noviembre del 2019 - 15:24 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Por unanimidad de los 11 asambleístas presentes, la Comisión del Desarrollo Económico aprobó el informe sobre el veto parcial al proyecto de Reformas a la Ley de Compañías, enviado por el Ejecutivo el 21 de noviembre de 2019.

El presidente de la República, Lenin Moreno, realizó tres observaciones, de las cuales dos son de forma. En el uno completa el nombre de la Superintendencia de Compañías y en el otro unifica dos artículos. De acuerdo con el presidente de la mesa legislativa, Esteban Albornoz, ninguno de estos reparos impacta en lo que aprobó la Asamblea.

El Pleno del Parlamento dio paso a esta iniciativa el pasado 21 de octubre, con la intención de dotar al país de una norma que permita potenciar las compañías para que tengan mayor competitividad y generen fuentes empleo pleno.

Aprobaron que las empresas puedan fusionarse, incluso entre compañías extranjeras y nacionales, es decir, de manera transfronteriza. Además, puedan  hacer operaciones combinadas. Este procedimiento se podrá realizar entre sociedades que involucren transformación, fusión y escisión en un mismo acto, con el fin de crear, absorber o transformar múltiples sociedades.

En el proyecto también se incorporan mecanismos para simplificar y facilitar los trámites administrativos, sobre todo, para la liquidación de empresas. Las reformas proponen que las compañías que decidan concluir con sus operaciones queden exoneradas del pago de Impuesto a la Renta (IR) y patentes municipales, desde el momento que exista una resolución de disolución de la misma, puesto que dejan de generar ingresos.

Sin embargo, para el Ejecutivo este cambio podría implicar que se rebase el objeto de este cuerpo normativo, puesto que se trata de materia de legislación tributaria. Hace referencia a la competencia exclusiva del Presidente de la República para presentar iniciativas legales que creen, modifiquen o supriman impuestos.

Pero, para facilitar los procesos de disolución y liquidación, presentó un texto alternativo. Propuso que para efectos de determinación y gestión de obligaciones tributarias, las compañías disueltas se sujeten a lo dispuesto en la normativa de la materia y las resoluciones de autoridad competente.

En tanto, los órganos de regulación y control en materia societaria y tributaria estarán obligadas a emitir la normativa necesaria, con el objetivo de simplificar y agilitar los procesos de disolución y liquidación de las compañías. Las obligaciones tributarias de una compañía disuelta sólo pueden ser extinguidas por los modos descritos en el Código Tributario, de acuerdo con la propuesta del Régimen.

En todas las observaciones realizadas por el Ejecutivo, la Comisión recomienda al Pleno allanarse.

LILA/ea

 

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