Justicia aprobó informe sobre veto a proyecto de reformas al Coip

Miércoles, 11 de diciembre del 2019 - 19:37 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia aprobó, con siete votos, el informe sobre la objeción por razones de inconstitucionalidad y la objeción parcial al proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (Coip). La mesa legislativa recomienda al Pleno suprimir las dos observaciones por inconstitucionalidad, que la Corte Constitucional señala que proceden. Son las relacionadas al comiso sin condena y al juzgamiento en ausencia en delitos contra la integridad sexual y reproductiva en niños, niñas y adolescentes.

El organismo constitucional explica que la primera figura no cumple con el principio del debido proceso, mientras que en la segunda sostiene que la Constitución ya determina cuáles son los delitos que pueden ser juzgados en ausencia.

En total, el Ejecutivo vetó tres artículos y una disposición transitoria, por razones de inconstitucionalidad. Sobre las otras observaciones, que tienen que ver con la conclusión del estado de conflicto armado internacional o no internacional, la Corte resolvió que no procede, porque  no transgrede normas de los Convenios de Ginebra. En cambio, en la transitoria referente al aborto por violación, señala que no cabe pronunciamiento porque no fue materia ni de reforma legislativa, ni de objeción presidencial.

Objeción parcial

El presidente de la República, Lenín Moreno, presentó 39 observaciones. Una de ellas sobre las circunstancias agravantes de la infracción. Objeta el que la aprehensión previa en delito flagrante sea circunstancia agravante y propone otras alternativas, como haber sido sentenciado por infracciones de la misma naturaleza o haber perpetrado en contra de servidores del orden. Sin embargo, la Comisión recomienda ratificarse en su propuesta, a fin de atender las necesidades de justicia y lucha contra la impunidad.

La Comisión tiene la misma postura en cuanto al comiso a terceros, en vista de que el Ejecutivo plantea que se incorpore la obligación de asumir los costos monetarios por la restauración de bienes patrimoniales afectados en la infracción. La mesa legislativa explica que este texto no fue debatido en la Asamblea, lo que impide que la Comisión se pronuncie a favor de la objeción.

También recomienda ratificarse a la inclusión de la figura de desaparición involuntaria. En su observación, el Ejecutivo señala que este tipo penal podría confundirse con el secuestro y propone que sea un agravante del mismo, pero la Comisión no quiere afectar al proyecto de Ley de Personas Desaparecidas.

En el régimen semiabierto, que es un beneficio penitenciario para personas privadas de libertad, y que la Asamblea aprobó excluir a quienes han cometido algunos delitos considerados graves, como el asesinato y femicidio, el Ejecutivo señala que sería contraria a los objetivos de la rehabilitación e inserción social. Pero, los argumentos del Parlamento fueron la prevención de la reincidencia y protección de las víctimas, por lo que recomienda ratificarse.

En los que sí recomienda allanarse es en el artículo que incorpora la prohibición de peleas de perros y otros animales. En el texto del Régimen se precisa “u otros animales de fauna urbana”, exceptuando los casos de espectáculos públicos en los que no tienen como finalidad dar muerte al animal.

En cuanto al ingreso de artículos prohibidos en los centros de privación provisional de la libertad, el Presidente de la República sugiere agregar otros elementos como los teléfonos satelitales y artefactos que burlan los sistemas de inhibición de señal, por lo que la mesa legislativa también recomienda el allanamiento.

En total, la Comisión recomienda ratificarse en 24 artículos, todas las disposiciones y allanarse a 12. En estos últimos se encuentran temas relacionados al contrabando de combustibles en provincias fronterizas, revocatoria de medidas de protección en casos de violencia contra la mujer y comercialización del suero de leche. 

LILA/cz

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