Informe para segundo debate de reformas a Ley de Comunicación a puertas de entrega

Martes, 24 de diciembre del 2019 - 12:20 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Informe para segundo debate de reformas a Ley de Comunicación a puertas de entrega

La Comisión de Derechos Colectivos entregará a inicios del 2020 el informe para segundo debate de las reformas a la Ley de Comunicación. Por disposición del Consejo de Administración Legislativa (CAL), a las reformas al artículo 5 que buscan que la comunicación sea un derecho y no un servicio, se le unificará el proyecto orientado a controlar el abuso y el mal uso de los recursos públicos para publicidad por parte del Estado; esta propuesta es iniciativa del asambleísta Fernando Callejas.

En su momento, Callejas dijo que es si bien es cierto que existe la necesidad de informar las actividades, programas y proyectos en beneficio de la comunidad, no se puede abusar de los recursos de los ecuatorianos. Recordó que el monto asignado a la difusión de publicidad y propaganda estatal no debe superar el 0.2 % del presupuesto anual que corresponde a cada una de las funciones y entidades del Estado.

Indicó que con la formulación de este proyecto se evitaría el excesivo gasto en la difusión, así como en la utilización de los recursos públicos con fines políticos y electorales que desvirtúan el accionar de la función pública. Así también, la normativa prohibe que dichos recursos sirvan para la promoción de imagen personal, voz y nombre de los servidores públicos.

No se limita la posibilidad de informar, se evita el gasto, afirmó Fernando Callejas. Explicó que es necesario determinar que la difusión de la publicidad y propaganda estatal se refiera exclusivamente al objeto institucional, ejecución de obras y proyectos, generación de bienes y servicios públicos, información relacionada a catástrofes naturales y eventos de conmoción interna.

En la Comisión de Derechos Colectivos señalaron, entre otros aspectos, que para fijar un techo económico es necesario considerar varios factores en función de las diversas jurisdicciones del país.

JLVN/ea

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