La Comisión Ocasional de Tránsito debatió y aprobó algunas disposiciones transitorias de las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, en temas sobre la enseñanza obligatoria en materia de tránsito, diseño curricular profesional y no profesional, estructura orgánica y normativa de las escuelas de conducción, reglamento para entrega de placas y licencias, plazos para adecuar sistemas informáticos, sistema unificado de peajes, entre otros aspectos.
Así, los parlamentarios establecieron que, en el plazo de un año, contado a partir de la publicación de la presente ley, el Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) dictará la normativa para la implementación del Sistema Nacional Unificado de Peajes Automáticos, en coordinación con las instituciones pertinentes.
En el plazo máximo de seis meses, el ministerio rector de la Educación en coordinación con la ANT diseñará la malla curricular para las instituciones educativas públicas y privadas, a partir del primer año de educación inicial hasta el tercer año de bachillerato, en donde se incluya la materia de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial. Tomarán en cuenta los regímenes escolares de Sierra y Costa, que no podrá excederse del período escolar subsiguiente.
Sobre el diseño curricular profesional y no profesional, se estableció que, en el término de 180 días, la ANT de manera conjunta con el ente encargado del sistema de calidad de la educación superior expedirán el diseño curricular para la formación, capacitación y entrenamiento de conductores profesionales y no profesionales, tomando en cuenta el idioma y realidad logística.
En materia de placas y licencias, determinaron que, dentro del término de 180 días, el ente encargado de las competencias a nivel nacional, en coordinación con el Directorio de la ANT dictará el reglamento con los parámetros que deberán cumplir los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) para asumir la competencia de entrega de estos instrumentos de tránsito, así como todas las directrices necesarias para los procesos de transición.
Otro tema analizado y votado en la mesa de Tránsito, es el referente a los plazos para adecuar los sistemas informáticos. Resolvieron que, dentro del término de 365 días, el directorio de la ANT emitirá la normativa sobre los requisitos mínimos que deberán observar los GAD que pretendan desarrollar o contratar sistemas propios de matriculación vehicular, compatibles con el sistema nacional de matriculación de la ANT.
Mientras que, en el término de 180 días, el Gobierno Nacional a través de los ministerios competentes, así como los GAD, desarrollarán las políticas y normas para la promoción o impulso de la movilidad eléctrica o cero emisiones, mediante incentivos de tipo económico, tributario o arancelario.
Otra disposición transitoria prevé que, en el término de 180 días, los GAD desarrollarán las ordenanzas locales que regulan la circulación de los medios de transporte como scooters eléctricos y otros que correspondan a la micromovilidad.
En 180 días, respetando la calendarización de la matriculación vehicular vigente, la ANT deberá expedir la norma técnica para la emisión del sello único nacional de revisión técnica vehicular.
Los comisionados consideraron de vital importancia determinar que, en el término de 240 días, la ANT conjuntamente con el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) expedirán las regulaciones necesarias que establezcan altos estándares de calidad y seguridad para todo vehículo importado, fabricado o comercializado dentro del territorio ecuatoriano.
En el plazo de 90 días, el Ministerio de Trabajo en coordinación con la ANT expedirá la normativa referente a la jornada de trabajo de los conductores del transporte público y comercial, que considerará el tiempo de descanso y alternancia obligatoria de sus conductores.
El presidente de la Comisión Ocasional de Tránsito, Fafo Gavilánez indicó que restan por debatir 5 disposiciones transitorias. El lunes 3 de febrero proseguirán su labor legislativa a partir de las 16:00. El martes 4 avocarán conocimiento de proyectos calificados por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) y de inmediato tomarán resoluciones sobre temas sensibles: plataformas tecnológicas, transporte comunitario, puntos de licencias y tiempo de cursos para la capacitación de choferes profesionales y no profesionales.
JLVN/cz