Reformas a la Ley de Tránsito crea incentivos por buenas prácticas de conducción

Jueves, 06 de febrero del 2020 - 11:42 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Reformas a la Ley de Tránsito crea incentivos por buenas prácticas de conducción

La Comisión Ocasional de Tránsito aprobó un artículo innumerado en las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, por el cual los conductores profesionales y no profesionales que no hayan sido sancionados  en al menos un año, contabilizado desde la fecha de citación de la última infracción sancionada, gozarán de hasta cuatro puntos extras, que se incrementarían a su licencia de conducir para el siguiente año. Se especifica que el incentivo a las buenas prácticas de conducción, no sobrepasará el límite de 30 puntos.

Así mismo, al conductor que no haya sido sancionado durante el tiempo de vigencia de la licencia de conducir y mantiene los 30 puntos se le exonerará el 50 % en el pago del valor de la especie de la licencia de conducir, ya sea en renovación o cambio de categoría de la misma.

Otro de los temas que generó amplio debate y aprobación en la mesa legislativa es la restitución voluntaria de puntos en la licencia de conducir. Con siete votos, los comisionados establecieron que  cuando el conductor cuenta en su licencia de conducir con 15 puntos o menos, podrá tomar un curso de reparación voluntaria de puntos, en los organismos debidamente acreditados  por la  Agencia Nacional de Tránsito (ANT). Una vez aprobado el curso, el conductor recuperará 15 puntos.

Si por segunda ocasión el conductor cuenta con 15 puntos o menos en su licencia podrá tomar un curso de recuperación de puntos en los organismos debidamente acreditados por la ANT. De aprobar la capacitación recuperará 10 puntos.

Si por tercera ocasión, el conductor cuenta con 15 puntos o menos en su licencia de conducir tomará un curso de recuperación de puntos en los organismos debidamente acreditados por la ANT. Si aprueba el curso recuperará 5 puntos.

La recuperación de puntos se realizará una vez al año, mediante cursos de concienciación, reeducación y rehabilitación actitudinal enfocado a la cultura de tránsito, convivencia y seguridad vial que incluirá la evaluación psicológica de los conductores en un organismo distinto al que emitió el título de conducción profesional o no profesional. Este procedimiento aplicará  en el período de vigencia del título habilitante.

Así mismo, la Comisión aprobó un artículo por el cual se establece los lineamientos de la contratación de servicio de transporte terrestre. Prevé que es exclusivo para las operadoras legalmente autorizadas por el organismo de tránsito competente, al amparo de lo dispuesto en la presente ley, su Reglamento General de Aplicación y sus Reglamentos Específicos.

En este marco, las entidades pertenecientes al sector público, que requieran la contratación de servicios de transporte dentro de los procesos regulados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, deberán respetar el domicilio y la jurisdicción autorizados dentro de los títulos habilitantes, sin que se afecte la movilidad de los habitantes de las zonas asignadas.

JLVN/cz

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COMISIÓN OCASIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL. QUITO, 06 DE FEBRERO 2020

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