En reformas a la Ley de Tránsito se promueve la electromovilidad, la movilidad activa y la micromovilidad

Viernes, 13 de marzo del 2020 - 12:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
En reformas a la Ley de Tránsito se promueve la electromovilidad, la movilidad activa y la micromovilidad

La Comisión Ocasional de Tránsito realizó un estudio integral de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, tramitó 17 proyectos de iniciativa legislativa, incorporó 273 nuevas disposiciones. Más de 82 textos de la ley vigente no se modifican. Las reformas están orientadas a incidir de manera efectiva y positiva en la seguridad vial, a fin de reducir la siniestralidad y muertes en las vías y carreteras.

En las reformas se establece un capítulo relacionado con la movilidad sostenible que abarca la electromovilidad, la movilidad activa y la micromovilidad. En el informe para segundo debate se declara de interés público la promoción del transporte terrestre eléctrico y de cero emisiones en todo el territorio nacional.

En este marco, prevé que el Gobierno Nacional como los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), desarrollarán y promoverán incentivos que impulsen el uso de vehículos 100 % eléctricos y de cero emisiones, los cuales estarán exentos de las medidas de restricción a la circulación vehicular en todo el país, tales como el pico y placa, día sin carro, hoy no circula, etc., y tendrán gratuidad en el uso de los espacios de parqueo público tarifados del país.

Además, se establece que las entidades públicas y otros establecimientos destinarán un porcentaje de al menos un 2 % del total de plazas de parqueo habilitadas, para el uso preferencial de vehículos eléctricos. Los municipios regularán y autorizarán la operación de estaciones de carga autosustentables para vehículos eléctricos.

Se precisa que las regulaciones referentes al uso de scooters eléctricos y otros medios asociados a la micromovilidad serán regulados por los GAD metropolitanos o municipales mediante ordenanzas. Si estos son parte de un nuevo servicio de transporte público, los procesos de contratación contendrán reglas que fomenten la participación de los emprendedores locales, impulsando la tecnología nacional.

Además, se impulsan iniciativas de vehículo compartido para optimizar la ocupación de un automotor, lo que permitirá disminuir las emisiones hacia el medio ambiente y mejorar la fluidez del tránsito.

Se establece la obligación de promover actividades recreativas que busquen fortalecer el uso de medios de transporte, espacios y servicios relacionados con la movilidad activa. Se incorpora a la legislación el urbanismo táctico, es decir, la realización de intervenciones temporales en el sistema vial de las urbes.

En adelante, el otorgamiento o renovación de títulos habilitantes, incrementos de flota vehicular o ajustes tarifarios del transporte público, se condicionará a que las unidades cuenten con todos los elementos de accesibilidad para las personas con discapacidad y con estructura portabicicletas. Las entidades públicas y privadas, generarán planes de incentivos para sus servidores y empleados, a fin de fomentar el uso de medios sostenibles de transporte terrestre para su traslado.

Igualmente, se crea el Registro de Biciusuarios, a efectos de conocer la estructura, ubicación, composición y riesgos de siniestralidad del parque ciclista para optimizar la planificación y las mejoras viales. Se determina que los GAD implementarán redes de ciclo parqueaderos públicos de corta y larga estancia seguros y visibles, en sitios estratégicos de su jurisdicción, cuya ubicación debe ser difundida a la ciudadanía.

JLVN/cz

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