Plantean nuevos impedimentos para deudores de pensión alimenticia y se establecen reglas para adopciones

Martes, 31 de marzo del 2020 - 14:09 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Plantean nuevos impedimentos para deudores de pensión alimenticia y se establecen reglas para adopciones

La Comisión Ocasional que atiende temas y normas de la Niñez y Adolescencia de la Asamblea Nacional planteó nuevas inhabilidades al deudor de pensiones alimenticias. Entre ellas: la prohibición de renovar la licencia de conducir, el pasaporte o ejercer cargo público, en caso de que no presente un plan de pago donde se garantice al menos el 50 % de la deuda.

La Comisión agregó un capítulo sobre la adopción, considerando la múltiple, mediante la cual se podrá adoptar a varias niñas, niños y adolescentes de uno y otro sexo simultánea o sucesivamente, prefiriéndose, de ser el caso, a un grupo de hermanos.

Pensiones alimenticias

La sesión virtual, que duró seis horas, contó con presencia de representantes de la sociedad civil que protegen los derechos de alrededor de seis millones de niños y adolescentes. Los comisionados destacaron que el objetivo central de agregar estas nuevas inhabilidades es con la finalidad de bajar el alto índice de personas que incumplen con el pago de pensiones alimenticias y así cambiar sus comportamientos. Se destacó que si se cumple con el plan de pago, el juez podrá levantar la inhabilidad.  

En su intervención, la representante de la sociedad civil, Jeanette Guerrero, mencionó estar de acuerdo que se incorpore ciertas inhabilidades como mecanismo para garantizar el pago de pensiones alimenticias para niños, niñas y adolescentes. Los casos fortuitos o de fuerza mayor son situaciones diferentes a la mala fe para no cumplir con este derecho. Lo esencial es protegerlos, agregó.

Sobre la garantía para el cumplimiento de pago de pensiones alimenticias, Cristina Torres, de la Organización de Defensa de la Niñez, pidió se incluya la garantía personal para asegurar el pago de pensiones. Los parlamentarios señalaron que el juez deberá valorar y calificar este pago a través de dos herramientas: la garantía real y garantía personal. Se analizará la propuesta de la representante de la sociedad civil.

También analizaron la posibilidad de que el deudor de pago de alimentos por más de 12 meses, no pueda ejercer el derecho de visitas, en virtud de que demuestra desinterés del progenitor. Revisarán el tiempo.

La adopción

En torno a la adopción se destacó que es un tema nuevo que se agrega al Código de la Niñez y Adolescencia. La presidenta de la mesa legislativa, Encarnación Duchi, indicó que se unificaron propuestas de los miembros de la mesa legislativa, de la sociedad civil y del Ministerio de Inclusión Económicay Social, que es el órgano rector en esta materia.

Se determinó que la adopción es una institución jurídica en virtud de la cual se establece la relación parento-filial entre la persona adoptante y la persona adoptada, así las niñas, niños y adolescentes adoptados se asimilan en todo a los hijos biológicos y gozan de los mismos derechos y obligaciones que se derivan de la filiación biológica. En consecuencia, jurídicamente, el hijo adoptivo se asimila en todo al hijo consanguíneo.

Debatieron temas relacionados con la finalidad, definición de la adopción, tipos de adopción que puede ser: nacional, internacional, por consanguinidad, sin parentesco, con vínculo de relaciones familiares con la familia biológica, confidencial y de un solo vínculo, reglas generales de la adopción, edad del adoptado, procedencia, abandono, requisitos de los adoptantes, consentimientos necesarios para la adopción, entre otros.

JLVN/cz

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COMISIÓN OCASIONAL PARA ATENDER TEMAS Y NORMAS SOBRE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. (VIRTUAL). QUITO,  31  DE MARZO 2020

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