Comisión GAD remitió observaciones a la Ley Urgente de Ordenamiento a las Finanzas Públicas

Viernes, 24 de abril del 2020 - 18:45 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Por unanimidad, la tarde de este viernes 24 de abril, la Comisión de Gobiernos Autónomos aprobó la resolución con la que plantean a la Comisión de Régimen Económico, Tributario y su Regulación y Control, sus observaciones al proyecto de Ley de Ordenamiento de Finanzas Públicas que trata esa mesa legislativa.

En este marco y en cumplimiento a la ley de la Función Legislativa, la Comisión tiene la facultad de presentar su informe con las observaciones que se podrían introducir dentro de los proyectos de ley en materia económica urgente que se procesan, en este caso, en la mesa de Régimen Económico. Dicho documento aprobado consta de 12 considerandos y ocho artículos, observa fundamentalmente las propuestas del Ejecutivo en lo referido a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).

El organismo legislativo se apoyó en los aportes presentados inicialmente por los legisladores Mónica Alemán y Diego García. En este marco, en la resolución adoptada solicitan que se incluya una reforma a la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (Loogtus) en lo que refiere a los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los GAD y además de las ordenanzas, para que estas sean expedidas en el primer año luego de concluido el estado de excepción producido por la crisis sanitaria derivada del Covid-19.

Así mismo, plantearon que se incorpore las disposiciones reformatorias del proyecto de ley presentado por el asambleísta Henry Kronfle, a los artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Tributario Interno, sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la posibilidad de que estos valores sean recaudados directamente por los GAD, a través del organismo de Rentas Internas.

Por otro lado, la resolución exhorta a eliminar el artículo 9 del proyecto de ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas respecto a la competencia exclusiva de los GAD de gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus funciones.

De modo similar, exhortan que se excluya a los GAD de las posibles sanciones, si incumpliesen el plazo para entregar información financiera al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Sobre este punto, los legisladores enfatizaron que dicha cartera de Estado no puede suspender las transferencias a los GAD ya que incurrirían en una vulneración constitucional y legal.

En otro orden, resolvieron que en el artículo 41 de la Ley para Ordenamiento de las Finanzas Públicas no se incluya la atribución para que el MEF fije los límites de endeudamiento de las empresas públicas creadas por los GAD. También solicitan que se suprima el artículo referido a la determinación de metas fiscales sectoriales.

En el referido artículo 41 del Proyecto de Ley, también los legisladores resolvieron que se incluya un texto que de manera clara excluya de la aplicación de las disposiciones de ese capítulo a los GAD y sus empresas públicas, porque existiría la posibilidad de que el ente rector de finanzas supervise a todas las entidades públicas y de ser así, podría determinar la suspensión de las transferencias de recursos u obligar a la aprobación de un plan de sostenibilidad fiscal previo al reinicio de las transferencias, contraviniendo las normas vigentes.

Finalmente, el texto incluye que se elimine a la Seguridad Social de los establecido en la sección II sobre la Regla de la Deuda y otras Obligaciones, puesto que atentaría a la autonomía de este sistema.

EA/cz

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